Desde el jueves 1 de agosto, distintos establecimientos empezarán a cobrar por las bolsas que entreguen a sus consumidores. Esta medida se da en el marco del cumplimiento de la Ley N° 30884, conocida como Ley de plásticos.
En caso de que el usuario adquiera bolsas en el establecimiento, deberá asumir el costo del impuesto, que aumentará progresivamente cada año hasta el 2023, generando un recargo adicional al monto final de pago.
Entérate más sobre las medidas que establece esta normativa.
Es una normativa que regula el plástico de un solo uso, otros plásticos no reutilizables y los recipientes o envases descartables de tecnopor para alimentos y bebidas de consumo humano en el territorio nacional. La Ley busca reducir el impacto que tienen estos materiales en el medio ambiente y desalentar progresivamente su utilización.
La Ley considera las siguientes prohibiciones de manera progresiva:
Desde el 20 de abril de 2019: El uso y comercialización de bolsas plásticas, sorbetes y recipientes no degradables en playas del litoral y de la Amazonía, patrimonios culturales o naturales, áreas naturales protegidas y museos de nuestro país. También, que estas no sean entregadas junto a recibos, publicidades impresas, diarios, revistas y toda información dirigida a los consumidores, usuarios o ciudadanos en general.
Desde el 20 de diciembre de 2019: La fabricación de bolsas no biodegradables y bolsas cuya medida sea menor a 30 cm x 30 cm y con un espesor no superior a 50 micras. Además, sorbetes de base polimérica y otras similares.
Desde el 20 de diciembre de 2021: La fabricación envases y vasos de tecnopor, bajillas cuya degradación genere contaminación y bolsas plásticas que no sean reutilizables.
Además, estipula la creación del impuesto al consumo de bolsas de plástico a partir del 1 de agosto de 2019.
La publicación de esta norma se oficializó en el diario El Peruano el 19 de diciembre del 2018. Desde esa fecha, el Ministerio del Ambiente tuvo 180 días para elaborar su reglamento. Según estimó la ministra del Ambiente, Lucía Ruiz, este sería publicado antes de la quincena de agosto de este año.
La norma no establece un precio fijo para cada bolsa que entreguen los establecimientos, pero sí que este sea proporcional al precio del mercado e informado de forma explícita al consumidor.
Sí establece el monto del impuesto que se deberá pagar por cada bolsa de plástico que sea utilizada para cargar o llevar bienes. Esta cuantía incrementará de acuerdo al siguiente cronograma: S/0.10 en el 2019, S/0.20 en el 2020, S/0.30 en el 2021, S/0.40 en el 2022 y S/0.50 en el 2023 y años subsiguientes.
Bajo esa situación, a partir del 1 de agosto cuando una persona solicite bolsas en algún establecimiento, al costo de lo que está comprando deberá sumarle el precio que dispuso el local por cada una de ellas y 10 céntimos de impuesto por cada bolsa que adquirió.
Las bolsas que se compren, así como el impuesto que se deberá asumir por cada una de ellas, será pagado ante la persona natural y/o jurídica sujeta al IGV que transfiera las bolsas de plástico y tendrá que ser consignado en el comprobante de pago respectivo, sea boleta o factura.