
Mediante el Decreto Supremo N° 026-2019-MTC que modifica el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ordenó el cumplimiento de ciertas medidas por parte de omnibuses panorámicos y vehículos tubulares que brindan el servicio de transporte turístico de personas.
Los ómnibuses cuya categoría sea M3 deberán contar con diseño y construcción original de fábrica, por lo que su carrocería y chasis no tendrán que llevar modificaciones. Solo podrán circular dentro de una provincia.
Los autos tubulares deberán llevar cinturones de seguridad de cuatro puntos, asientos con cabezales de seguridad, entre otras medidas. El objetivo de esta medida es evitar accidentes que dañen o acaben con la vida de turistas nacionales y extranjeros. Se sabe que cerca de 4 millones de visitantes utilizan este servicio.
Para fortalecer la fiscalización de este tipo de carros, el decreto supremo indica que estos deberán llevar una placa de rodaje con un diseño distinto al de los autos que no ofrecen el servicio turístico. Este deberá ser de fondo blanco y tendrá que llevar una franja superior morado y letras. Los números deberán ser de color negro.

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