Yenifer Paredes, cuñada del presidente Pedro Castillo, llegó a la sede de Palacio de Gobierno tras abandonar el penal Anexo Mujeres de Chorrillos, lugar donde permaneció durante 55 días como medida a los 30 meses prisión preventiva que le impuso el Poder judicial, medida que fue revocada el último martes 24.
El presidente de la república, Pedro Castillo, se reecontrará con Yenifer Paredes en Palacio de Gobierno. La cuñada del jefe de Estado salió este martes del centro penitenciario de Chorrillos, luego de que el Poder Judicial revocara la medida de 30 meses de prisión preventiva.
La cuñada de Pedro Castillo llegó a Palacio de Gobierno, tras abandonar el centro penitenciario de Chorrillos. La también hermana de la primera dama, Lilia Paredes, ingresó a la sede del Ejecutivo en un vehículo negro, el mismo que la recogió del penal este martes.
La hermana de Lilia Paredes dejó el centro penitenciario también conocido como Santa Mónica poco después de la 4 de la tarde. Fue recogida por su abogado José Dionisio Quesnay, quien condujo la camioneta que traslado a Paredes Navarro desde Chorrillos a la Casa de Pizarro en el Cercado de Lima.
De acuerdo a la tesis fiscal, Yenifer Paredes sería integrante de una presunta organización criminal familiar enquistada en Palacio de Gobierno y que es liderada por el actual mandatario. Ella es sindicada como la ‘lobbista’ dentro de este supuesto grupo ilícito.
Este lunes 24 de octubre, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional resolvió revocar la prisión preventiva impuesta contra la cuñada de Pedro Castillo, Yenifer Paredes. De esta manera, se dispuso su excarcelación y se le dictó comparecencia de restricciones.
La hermana de la primera dama Lilia Paredes deberá cumplir las siguientes restricciones: “No ausentarse del lugar de residencia ni variar el mismo sin previa autorización escrita del Juzgado de Investigación Preparatoria a cargo del caso y comunicación previa al Ministerio Público”.
Yenifer Paredes deberá acudir ante las autoridades del Poder Judicial o Fiscalía cuando sea requerida, “bajo apercibimiento de revocarse la medida dispuesta y ordenarse su reingreso al establecimiento penal en caso de incumplimiento”, previa solicitud del Ministerio Público.