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Política

Reglas de Uso de la Fuerza (RUF) ratifican prohibición de fuego indiscriminado

Delgada línea roja. Gobierno aprobó normas que deben acatar militares cuando apoyan a la Policía Nacional o cuando toman el control del orden interno. Las reglas indican que los uniformados solo pueden disparar sus armas en situaciones de amenaza.

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Medidas. Las Fuerzas Armadas deben cumplir estrictas normas sobre el uso del armamento en situaciones de conflictos sociales. Foto: AFP

A propuesta de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, la presidenta Dina Boluarte y el ministro de Defensa, Jorge Chávez, mediante resolución suprema aprobaron las Reglas de Uso de la Fuerza (RUF).

Se trata de una serie de disposiciones que deben acatar los efectivos de los institutos armados cuando apoyan a la Policía Nacional en operaciones de restablecimiento del orden interno, o cuando estas asumen el control del orden interno en el contexto de una estado de emergencia.

El CCFFAA presentó el proyecto de las RUF, en cumplimiento del Decreto Supremo n.° 003-2020-DE, publicado el 15 de marzo del 2020, que aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo n.° 1095. Este dispositivo estableció las reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de los integrantes de los institutos castrenses.

El reglamento indica que cada vez que se demanda la intervención de las Fuerzas Armadas, el Ejecutivo debe aprobar las Reglas de Uso de la Fuerza (RUF), que es la situación que se vive en la actualidad.

La resolución suprema suscrita por Boluarte y Chávez deja sin efecto un dispositivo similar suscrito por el expresidente Pedro Castillo y el exministro de Defensa José Gavidia Arrascue.

En esa ocasión, Castillo dio el visto bueno a las reglas del uso de la fuerza, destinado a los institutos armados cuando apoyan a la Policía Nacional.

Con el decreto supremo de Boluarte y Chávez, las RUF se aplican para las dos situaciones: el mencionado respaldo de las FF. AA. a la PNP y cuando las FFAA asumen el control del orden interno, como ocurre en Puno.

Las RUF a las que ha dado el visto bueno el Ejecutivo, virtualmente reproducen el Reglamento del Decreto Legislativo n.° 1095, que contiene descripciones detalladas de las situaciones excepcionales en las que los militares pueden recurrir a sus armas de fuego. Las reglas indican que los efectivos podrán disparar en casos extremos de amenazas a su integridad o de otras personas en situación de peligro. Pero también señala que no está permitido disparar indiscriminadamente.

“El personal de las Fuerzas Armadas puede usar el arma de fuego contra las personas cuando sea estrictamente necesario, y solo cuando medidas menos extremas resulten insuficientes o inadecuadas”, señala el artículo 9.1 de las RUF aprobadas por el Gobierno de Boluarte. El texto es el mismo que las RUF anteriores y que estaban vigentes cuando perdieron la vida 48 civiles durante las protestas antigubernamentales por disparos de armas de fuego de policías y militares.

Y tanto en las anteriores como en las actuales RUF, se destaca: “En cualquier caso, está prohibido disparar indiscriminadamente”.

El Ministerio Público ha iniciado investigaciones para determinar si los 48 civiles muertos durante la represión de las manifestaciones representaban una amenaza inminente para los uniformados, conforme indican las RUF. Pueden hacer uso de sus armas “en defensa propia o de otras personas en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves”, o “cuando se genere un peligro inminente de muerte o lesiones graves como consecuencia de la resistencia ofrecida por la persona a ser intervenida”.

Por el contrario, imágenes de cámaras de seguridad recogidas por la fiscalía, o entregadas por ciudadanos que fueron testigos de los hechos, indican que los efectivos dispararon a matar a personas que ni siquiera participaban de las protestas. Y eso no lo permiten las RUF.

RUF disponen que militares ayuden a heridos

Según las RUF aprobadas por el Gobierno de Boluarte, “si como consecuencia del uso de la fuerza se produjeron heridos, el comandante militar, tan pronto como la situación se lo permita, dispone la atención médica de los afectados sin distinción”. 

Sin embargo, esto no sucedió cuando Clemer Rojas García, de 22 años, fue alcanzado por un disparo en el tórax. Una cámara de seguridad captó cuando cinco efectivos del Ejército, que portaban fusiles Galil, se acercaron al cuerpo y solo constataron que estaba muerto. No lo auxiliaron. Lo dejaron abandonado. No se cumplieron las RUF.

Aprobación de las RUF

El decreto supremo de Boluarte aprueba que las FF. AA. no disparen indiscriminadamente.

El decreto supremo de Boluarte aprueba que las FF. AA. no disparen indiscriminadamente.