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Política

López Aliaga propone elecciones complementarias, pero expertos advierten que no tienen sustento legal ni constitucional

El candidato de Renovación Popular pidió elecciones complementarias para quienes no votaron el 12 de abril. Especialistas en derecho electoral y constitucional coinciden en que la medida no está prevista en la Ley Orgánica de Elecciones.

Rafael López Aliaga | elecciones 2026
Propuesta del candidato presidencial no tendría sustento legal según especialistas. Foto: Carlos Felix / LR

El candidato presidencial Rafael López Aliaga solicitó elecciones complementarias antes del 3 de mayo para que voten quienes no acudieron a las urnas el 12 de abril pasado. Sin embargo, especialistas consultados advierten que esta propuesta no tiene respaldo en el marco normativo vigente y, por tanto, carece de sustento legal y constitucional.

Durante un plantón realizado en el Campo de Marte, en Jesús María, el líder de Renovación Popular se dirigió al presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Roberto Burneo, para exigir la convocatoria de estos comicios. Incluso lanzó una advertencia pública: “Si no lo hace, no le garantizo nada”, dijo ante los manifestantes que denunciaban un supuesto fraude electoral.

El pedido surge en medio de cuestionamientos al proceso electoral, tras reportes de fallas logísticas en la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), como retrasos en la distribución del material y problemas en el resguardo de cédulas de votación. Estas denuncias han sido usadas por el candidato para reforzar su narrativa de fraude.

Sin embargo, expertos en derecho coinciden en que la figura de elecciones complementarias no puede aplicarse de manera directa en elecciones generales. Además, advierten que cualquier modificación normativa no podría implementarse en pleno proceso electoral debido a restricciones legales.

Luciano López, abogado constitucionalista: “No puede haber elecciones complementarias sin una nulidad previa”

El abogado constitucionalista Luciano López fue enfático al señalar que la propuesta de elecciones complementarias no tiene sustento en la legislación vigente. Explicó que esta figura solo puede surgir como consecuencia de una nulidad electoral previamente declarada. “La única manera en que existan elecciones complementarias es como consecuencia de que se declare la nulidad de elecciones”, precisó.

El especialista citó la Ley Orgánica de Elecciones para sustentar su posición. Indicó que el artículo 368 establece que, en caso de nulidad total, se deben convocar nuevos comicios en un plazo máximo de 90 días. “No puede haber elecciones complementarias sin que antes se haya declarado la nulidad total o parcial”, afirmó.

Además, detalló que el artículo 365 fija condiciones estrictas para anular una elección. Entre ellas, que los votos nulos o en blanco superen los dos tercios del total o que la anulación de circunscripciones alcance un tercio de los votos válidos. “Son reglas claras. No se pueden crear nuevos supuestos fuera de la ley”, sostuvo.

López también rechazó la idea de que el JNE pueda flexibilizar estas normas bajo el criterio de conciencia. “Tiene libertad para valorar pruebas, pero debe resolver conforme a la ley. Lo que se plantea tiene un componente político, no jurídico”, concluyó.

Silvia Guevara, abogada electoral: “Las elecciones complementarias no aplican para elecciones generales”

La abogada experta en derecho electoral, Silvia Guevara, aclaró que la figura de elecciones complementarias no está prevista para elecciones generales. Explicó que este mecanismo solo se utiliza en procesos municipales y no constituye un vacío legal. “No es que falte regulación, simplemente no fue pensado para elecciones generales”, precisó.

Guevara también advirtió que cualquier intento de modificar la ley en este momento no tendría efecto en las elecciones de 2026. Recordó que el cronograma electoral impide cambios normativos en plena ejecución del proceso. “Cualquier norma que se apruebe ahora no aplicaría para estas elecciones”, indicó.

La especialista subrayó que incluso evaluar esta posibilidad implicaría condiciones previas. “Para hablar de elecciones complementarias tendría que existir una declaratoria de nulidad. Es un nuevo proceso electoral, no una extensión del actual”, sostuvo, al descartar la viabilidad de la propuesta.

Heber Joel Campos, abogado constitucionalista: “No existe marco legal ni constitucional que sustente la propuesta”

El abogado constitucionalista Heber Joel Campos coincidió en que la iniciativa carece de base legal. Indicó que la Ley Orgánica de Elecciones no contempla la posibilidad de convocar elecciones complementarias en el contexto planteado por López Aliaga. “La propuesta carece de asidero legal”, señaló de forma directa.

Campos explicó que, sin una norma expresa, el Jurado Nacional de Elecciones no tiene facultades para convocar este tipo de comicios. “El JNE no podría convocarlas precisamente porque no existe un marco legal ni constitucional que la sustente”, afirmó.

Pese a su rechazo a la propuesta, el especialista consideró necesario atender los cuestionamientos al proceso electoral. En ese sentido, planteó una alternativa técnica: “Una auditoría a los procesos de la ONPE sería una medida adecuada para devolver confianza a la ciudadanía”, indicó.

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