
Catorce años de litigio dentro del propio Estado. El caso Free Tea —la bebida de la empresa AJEPER— resume catorce años de controversias administrativas y judiciales entre tres entidades públicas: la Sunat, el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional (TC).
El proceso se remonta a 2010, cuando la Sunat determinó que Free Tea debía ser clasificado como “agua saborizada” bajo la subpartida 2202.10.00.00, generando con ello que las exportaciones del producto que realice Ajeper salgan del país con una subpartida equivocada. AJEPER cuestionó la medida y llevó el caso ante el Tribunal Fiscal, que ratificó el criterio de la administración tributaria.
La empresa interpuso una demanda de amparo y el expediente llegó hasta el TC, que en enero de 2023 resolvió definitivamente que el producto no era un agua saborizada, sino una bebida con componentes vitamínicos. Por tanto, debía ubicarse en la subpartida 2202.90.00.00. El fallo tenía carácter de cosa juzgada y debía ser acatado por todas las instancias del Estado.
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En agosto de 2024, más de un año después de ese fallo, la Sexta Sala Contenciosa Administrativa de Lima, integrada por los magistrados Odría Odria, Sancarranco Caceda y Lazarte Villanueva, dictó una sentencia en sentido contrario.
Los jueces confirmaron la posición original de la Sunat y sostuvieron que el producto debía seguir considerado como “agua saborizada”. De esa forma, revivieron el criterio que el TC ya había declarado inválido, configurando un desacato directo al máximo intérprete de la Constitución, según fuentes consultadas.
La contradicción dejó al Estado en una situación insólita: dos resoluciones incompatibles sobre un mismo caso, emanadas de órganos que deberían complementarse y no enfrentarse.
La Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial (ANC-PJ) abrió un proceso disciplinario contra los tres jueces por “inobservancia inexcusable de los deberes judiciales”. La falta está tipificada como muy grave, y puede derivar en suspensión o destitución si se comprueba la desobediencia al Tribunal Constitucional.
El procedimiento, iniciado este año, permanece en trámite y no ha prescrito, pues el plazo de control disciplinario se extiende hasta agosto de 2026.
La controversia actual no implica devolución ni pérdida económica, lo que está en juego, y en debate, es el respeto a las instituciones y la coherencia del sistema judicial peruano.
Es evidente la crisis de la seguridad jurídica, que evidencia la falta de concordancia entre instituciones del propio Estado.
Un proceso iniciado hace más de una década aún no encuentra cierre, pese a haber pasado por todas las instancias posibles.
Desde que Sunat emitió su primera resolución en 2011, el caso Free Tea ha atravesado catorce años de trámites, recursos y sentencias contradictorias. En ese tiempo, han cambiado gobiernos, ministros y magistrados, pero no la disputa interna entre las propias entidades estatales.
El expediente es hoy un símbolo de ineficiencia institucional: un Estado que litiga contra sí mismo, mientras los fallos del Tribunal Constitucional se relativizan en los hechos.

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