
El reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC), que otorga una suerte de blindaje a la presidenta Dina Boluarte, no ha frenado por completo la labor de la Fiscalía. La fiscal de la Nación, Delia Espinoza, sostuvo que el Ministerio Público "puede continuar investigando" a la mandataria, aunque bajo los parámetros restrictivos que impuso el propio TC.
"Podemos disponer diligencias que no afecten la dignidad de la investidura. Podemos continuar investigando mientras respetemos la dignidad de la presidenta", afirmó Espinoza. Además, precisó que "cuando se habla de pautas de competencia institucional es que el fiscal podrá disponer, no dice deberá disponer, dice podrá disponer. En el derecho los términos son importantes. El fiscal tiene que tomar en cuenta las recomendaciones de toma de declaración, pedidos de información y solicitar entrega de prueba documental", sostuvo.
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Asimismo, Espinoza hizo hincapié en que nunca ha sido el objetivo del Ministerio Público impedir el trabajo de la presidenta. Esto porque uno de los argumentos del TC para frenar todas las investigaciones contra la presidenta es que las denuncias en su contra han impedido que la mandataria realice un buen trabajo, argumento que rechazó al fiscal de la nación.
"Dina Boluarte tiene 67 denuncias, de las cuales están totalmente archivadas 29. De esas 29 sin citación, no se le importunado, ni se le ha impedido seguir trabajando. Más del90% de esas 67 denuncias son presentadas por ciudadanos, diversos ciudadanos, son muy pocas las que han sido iniciadas de oficio o por propia iniciativa de la Fiscalía", señaló.
El fallo del TC, que interpreta el artículo 117 de la Constitución de forma restrictiva, ha sido criticado por muchos sectores porque podría favorecer a la impunidad presidencial. Con esta decisión, se suspende cualquier proceso penal contra Boluarte hasta 2026 que es el fin de su mandato, pese a las investigaciones por presuntos delitos cometidos durante su gestión, incluidas las muertes en protestas sociales.
El Tribunal Constitucional (TC) resolvió a favor de Dina Boluarte y determinó que ni el Ministerio Público ni el Poder Judicial pueden investigar a un presidente mientras se encuentre en funciones. Con esta decisión, quedan archivados los procesos abiertos contra la mandataria por presuntos delitos cometidos durante su gobierno, incluidos los vinculados a las muertes registradas en las protestas sociales.
El fallo, aprobado por mayoría, sostiene que el artículo 117 de la Constitución otorga al Congreso la exclusividad para procesar penalmente al jefe de Estado, lo que en la práctica concede a Boluarte inmunidad política y judicial, además de sentar un precedente que podría favorecer a futuros presidentes en casos similares.

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