El Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Peruana (CEP) ha emitido un firme rechazo a la Ley N.º 32107, conocida como “Ley de Impunidad”. Esta legislación, que restringe la aplicación y el alcance de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra a hechos cometidos a partir de julio de 2002, ha sido calificada por el CEP como “inaceptable”. La declaración del Consejo se centra en la preocupación por las implicaciones de esta ley en la justicia y la memoria histórica de los crímenes graves en Perú.
Un fuerte pronunciamiento contra la Ley N.º 32107, más conocida como “Ley de Impunidad”, que limita la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra a hechos cometidos desde julio del 2002, lanzó el Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Peruana (CEP). Califica esta norma de “inaceptable”.
Hace un llamado urgente a las autoridades, a organismos tutelares del Estado de Derecho en el Perú y a la sociedad civil organizada para “accionar los mecanismos constitucionales a fin de buscar los caminos para obtener lo más pronto posible la nulidad de esta ley”, para que las víctimas alcancen justicia y reparación, lo que el Estado peruano está obligado a garantizar.
Monseñor Miguel Cabrejos hace un llamado a tomar acciones constitucionales para lograr la nulidad de la ley de impunidad. Crédito CEP
“Queremos manifestar nuestro profundo desconcierto y desilusión, porque de esta manera, una vez más, con esta decisión se está sacrificando el respeto a la vida y la defensa de la justicia, causando un irreparable daño a las víctimas de la violencia, a las familias afectadas, y a todos los que esperamos que nuestras autoridades trabajen por el bien común, en especial de los más vulnerables, dentro de un Estado de Derecho”, señala el comunicado, que además fue grabado en video por el presidente la CEP, monseñor Miguel Cabrejos.
El también obispo de Trujillo recalca que “el contenido de esta ley es inaceptable porque pone en grave riesgo la aplicación de una verdadera justicia, así como la responsabilidad sobre el daño causado y el resarcimiento a las víctimas y sus familiares por las graves violaciones de los derechos humanos”.
Incluso remarca que nuestro país “no puede -ni debe- contradecir ni apartarse de tratados internacionales de Derechos Humanos suscritos y ratificados en el ejercicio de su soberanía”, en referencia a la Convención Americana de Derechos Humanos, y la obligación de acatar las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Precisamente, esta última emitió una resolución en el marco de medidas provisionales para las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta, requiriendo a los poderes del Estado a no aprobar, promulgar ni ejecutar una ley que permite la prescripción de delitos de lesa humanidad.
“Sorprende que la Ley N.º 32107, repita similar texto legal al que contenía la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1097, del año 2010, el cual fue declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional en su sentencia del año 2011 recaída en el Expediente 0024-2010-PI/TC; más aún cuando su contenido limita y contradice gravemente los principios universales de justicia que todos debemos defender, especialmente cuando afecta a los que no tienen cómo defenderse”, insiste.
Alerta que esta norma al impedir el procesamiento de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos antes de julio de 2002, refuerza “la impunidad para quienes cometieron crímenes atroces, contraviniendo las normas internacionales que exigen la rendición de cuentas sin importar el tiempo transcurrido”.
No se puede eximir autores de delitos
El Consejo Permanente de los obispos indican que “la ley positiva no puede atentar contra la ley natural y menos contra el valor de la vida que es de origen divino, tal como lo expresa el Génesis cuando dice: “El Señor le replicó: ¿Qué has hecho? La sangre de tu hermano me está gritando desde el suelo”. Por eso, es inaceptable que esta ley permita la prescripción de los crímenes de lesa humanidad y de guerra, así como exima de responsabilidad a los autores de los delitos cometidos”.
Argumentan que la ley promulgada por el Congreso y que la presidenta se negó a observar, “contradice el mandato ético y moral de proteger la dignidad humana, debilita el Estado de Derecho y pone en riesgo la integridad del compromiso cristiano con la justicia y el bien común”.
“Recordemos que la protección de los derechos humanos, la justicia y la legalidad son principios fundamentales que deben ser defendidos con firmeza y sin concesiones, por eso invocamos a los autores de esta ley a que realicen una inmediata rectificación por el bien del Perú”, finaliza el pronunciamiento leído por monseñor Cabrejos.