El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó la resolución con la que se permite oficialmente que los integrantes del Congreso disuelto puedan postular a las elecciones parlamentarias del 26 de enero de 2020.
El órgano electoral compartió el documento Nº 0187-2019 el que concluye que la regla establecida en el artículo 90-A de la Constitución Política no se puede aplicar al presente proceso electoral por “su naturaleza extraordinaria" al ser solo complementaria y no un nuevo periodo.
De esta manera la instancia anunció que los excongresistas que estuvieron en funciones hasta el 30 de setiembre, fecha en la que el presidente disolvió el Parlamento, podrán candidatear por no tener la condición de reelección.
Cabe mencionar que esta decisión se da con 3 votos a favor, de Raúl Roosevelt Chanamé Orbe, Ezequiel Baudelio Chávarry Correa y Jorge Armando Rodríguez Vélez.
Los 2 en contra fueron del presidente del JNE, Víctor Ticona Postigo, y de Luis Arce Córdova. Ambos son vinculados en audios con presuntos integrantes de la organización criminal Los cuellos blancos del puerto.
EL JNE sostuvo que a pesar que en el referéndum de diciembre de 2018 la ciudadanía votó a favor de la iniciativa del Poder Ejecutivo para eliminar la reelección inmediata de los congresistas, este no debe concretarse en estas elecciones.
La modificación en la Constitución, por la medida aprobada, precisa que “los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo periodo, de manera inmediata, en el mismo cargo”.
Basándose en ello, la mayoría del Pleno del JNE consideró que la primera condición de reelección es cuando un congresista vuelve a ocupar el mismo cargo en un nuevo periodo parlamentario, correspondiente a cinco años, plazo que no es del actual proceso electoral.
“No obstante, dicha prohibición para su configuración requiere de un nuevo periodo congresal, es decir, la interdicción recae sobre aquellos parlamentarios electos, que hayan concluido regularmente o no su mandato”, se lee en la resolución.
Víctor Ticona Postigo y Luis Arce Córdova tuvieron una posición contraria. Ellos sostuvieron que los miembros del Congreso no debían participar de estas elecciones 2020 a pesar que el periodo sea solo complementario.
Señalaron que es “indiscutible” que los integrantes del nuevo Congreso no deben haber sido parte del disuelto, porque “no tendría” sentido la disolución de la institución.
Resaltaron que si se permite la postulación de los excongresistas en mención, se anulará “toda comunicación con la autoridad central”, la que busca “nuevos puentes de entendimiento en pro de la gobernabilidad del país”. Esto en referencia a la crisis política entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo, lo que conllevó a la disolución de esta última.
“En tal sentido, considerar que un congresista con mandato revocado pueda optar por la reelección restaría propósito al mecanismo de la revocación del mandato parlamentario que persigue, precisamente, la renovación de la representación parlamentaria que con el transcurso del tiempo ha sufrido no solo el desgaste en sus propuestas políticas, sino que, además, anula toda comunicación con la autoridad central, situación que se pretende superar eligiendo nuevos representantes en lugar de aquellos, a fin de tender nuevos puentes de entendimiento en pro de la gobernabilidad del país”, explican.
Sin embargo, esta posición no fue aceptada por la mayoría. Especialistas comentaron que si este periodo se consideraba como uno nuevo, los excongresistas no postularían a estas elecciones pero sí a las generales del 2021.
Los integrantes del Congreso disuelto podrán participar de las comicios complementarios 2020, las que fueron convocadas por el presidente Martín Vizcarra. Fuerza Popular es el partido que más exlegisladores disueltos pretende llevar a los comicios.