
Al país le conviene que el TC decida sobre la constitucionalidad de la disolución reciente del congreso para que no quede duda no solo de su legitimidad sino de su legalidad, y así tener más claridad en el futuro ante situaciones parecidas.
No hay duda de que el 5 de abril de 1992 Alberto Fujimori lideró un golpe de estado que ni los fujimoristas más anaranjados niegan, aunque sí defiendan su legitimidad por creer que el país no tenía otra alternativa para enfrentar los graves problemas de ese momento, algo con lo que esta columna discrepa.
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A diferencia, sobre el 30 de setiembre de 2019, esta columna no duda de que fue una decisión legítima y cree, a su mejor entender tras oír con atención los distintos argumentos, que fue una decisión apegada a la legalidad, si bien reconoce que hay personas que discrepan con todo ello, tanto con la legalidad como con la legitimidad.
En general, sobre la legitimidad puede haber discrepancia, pero sobre la legalidad, si la hay, es un asunto que debe ser dirimido por el órgano competente, aunque después cada persona tenga su propia opinión del fallo.
Como en un partido de fútbol, cada quien tendrá su opinión de quién jugó mejor y mereció ganar, aunque el resultado exprese algo distinto. Incluso, puede haber discrepancia sobre el score final porque exista duda, por ejemplo, de la validez de un penal, pero siempre será el árbitro el que decida hasta con la ayuda del VAR. Y eso deberá ser aceptado aunque no nos guste.
Sobre la legitimidad del 30-S cada quien puede tener su opinión, así como sobre la legalidad de este hecho, por lo que será importante que el TC tome una decisión sobre la que se podrá discrepar, pero que será definitiva.
Si el TC concluye que la disolución del congreso no fue constitucional, deberá aconsejar sobre cómo dar marcha atrás en el túnel del tiempo y meter otra vez la pasta en el tubo cuando ya se salió del mismo, incluso cuando ya haya un nuevo congreso elegido.
Y si concluye, como cree y espera esta columna, que sí fue un hecho apegado a la constitución, sería conveniente que el TC precise procedimientos para que, en el futuro, no exista duda sobre cómo actuar ante impases institucionales parecidos.





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