Por: Henry Cotos
La suerte de Keiko Fujimori está decidida para seguir en prisión, debido a que en la Corte Suprema se respetan los votos de los cinco vocales que le negaron la posibilidad de seguir el proceso en libertad, al no declarar fundado el recurso de casación que planteó su defensa.
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Así lo confirmaron a La República fuentes del Poder Judicial, quienes aseguraron que el juez dirimente solo decidirá si se mantienen los 36 meses, que tiene tres votos, o se rebaja a 18 meses la prisión preventiva, opción que cuenta con dos votos.
Siendo así, solo hay dos opciones posibles: que el magistrado dirimente se incline por los 18 meses y con eso se logren los cuatro votos que requiere una resolución, o vote por que se declare infundada la casación y se mantengan los 36 meses, lo que otorgaría un empate de a tres, y se tendría que recurrir a un séptimo juez para que sea quien finalmente decida.
“Ya no corresponde una tercera opción. Hay cinco votos que dicen que la prisión se mantiene. Procesalmente no puede venir un sexto juez a decir que debe declararse fundada la casación. Aquí lo que se debate es el plazo nada más, si es 36 o 18, no hay otra circunstancia”, dijo nuestra fuente de la Corte Suprema.
El tiempo estimado para que se resuelva el sexto voto es entre 30 y 40 días. Una vez que el juez escucha a las partes en una audiencia tiene un plazo máximo de 20 días para pronunciarse.
Uno de los criterios para que el magistrado tome en cuenta el sentido de los votos de los cinco vocales que entraron en discordia por 3 a 2, es para no seguir prolongando el proceso, pues de por medio se encuentran cuatro personas (Keiko Fujimori Higuchi, Pier Figari Mendoza, Jaime Yoshiyama Tanaka y Luis Mejía Lecca) que están privadas de su libertad.
Para decidir al juez dirimente, la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el artículo 144, dice que en caso de discordia “se publica y notifica el punto que la motiva, bajo sanción de nulidad. En la misma resolución se llama al vocal dirimente expedito y se señala día y hora para la vista de la causa por él”.
Según el artículo 145, “el presidente de la Sala deberá convocar a los jueces de la misma especialidad de otras Salas, si las hubiera, y luego, a los jueces de las Salas de otra especialidad, comenzando por el menos antiguo”.
En el Poder Judicial dan por descontado que el caso caerá en manos de la jueza suprema provisional Susana Castañeda Otsu por ser la menos antigua, a quien aún no le informan mediante resolución que será la vocal dirimente, lo que se espera ocurra en el transcurso de la semana.
Con esa resolución no solo convocan a la jueza, sino que fijan fecha para que se notifique a las partes, que debe ser pronto al tratarse de personas privadas de su libertad.
En la audiencia solo participa la magistrada que va a dirimir, pues los otros cinco miembros de la Sala ya emitieron su voto. Después de que escuche a las partes, hay un plazo de 20 días para resolver.
Castañeda tendrá que analizar la resolución del juez que impuso la prisión preventiva, más los argumentos de las partes en el informe oral y los dos votos de la Suprema para tomar una decisión ya sea por los 18 o 36 meses de prisión preventiva.
La tesis de una tercera opción, que opte por la liberación de Keiko Fujimori, que dejó entrever la defensa de la lideresa de Fuerza Popular, es descartada en el Poder Judicial.
La magistrada Susana Castañeda es desde el 1° de enero de este año jueza suprema provisional.
Oriunda de Chiclayo, se desempeñó como fiscal provincial en esa ciudad. Es abogada egresada de la Universidad Pedro Ruiz Gallo; en Lima hizo una maestría en Derecho Penal; y en España un doctorado en Derecho Constitucional y una especialización en Derechos Humanos en la Universidad Complutense.
Después de su doctorado en España se sumó al Poder Judicial. Desde el 2003 es jueza superior de Lima y fue coordinadora del Sistema Nacional Anticorrupción.
En el Poder Judicial también tienen claro que no necesariamente tiene que resolverse la casación para que la defensa recurra al Tribunal Constitucional (TC). En el caso del exalcalde de Chiclayo Roberto Torres y del expresidente de la República Ollanta Humala, la casación no fue considerada una vía que se tenía que agotar.
Precisan que no se puede ir al TC cuando hay una resolución de un juez que está en apelación de una Sala y aún no se resuelve; pero se trata de un recurso extraordinario y ya el máximo ente constitucional ha dicho, en los casos de Torres y Humala, que no se necesita votar esa vía.
El exmandatario nacionalista planteó dos recursos de hábeas corpus, uno en Piura y otro en Lima, cuando aún no estaban resueltos por la Corte Suprema. El TC opinó que no era necesario que se resuelva esa casación y se abocó al caso. El procurador Antonio Maldonado coincide en que puede ver el recurso, pero asegura que eso generaría un mayor problema jurisdiccional.
La abogada Fanny Uchuya Donayre, exmiembro del gabinete de asesores del Poder Judicial, manifestó que solicitar la libertad de Keiko Fujimori es una posibilidad, pero no tiene mayor asidero a estas alturas, pues hay una posición mayoritaria que opta por una prisión.
La tercera opción que declara fundada la casación es matemáticamente posible, pero la Corte Suprema tiene claro que cuando se trata de decidir los derechos de una persona en prisión no se puede mantener el tema en suspenso.
Si la jueza que dirime se pronuncia por declarar fundada la casación, luego se tendrá que llamar a otros jueces “y así nos vamos a pasar llamando a magistrados, lo que sería un mal precedente para la Corte Suprema, que estaría evidenciando que no puede o no está a la altura para solucionar un tema delicado”.
Apuntó que lo que se reclama a la Corte es un resultado, sea negativo o positivo, o en todo caso que se resuelva a la brevedad posible. Precisó que la ley establece tres días para designar al juez y se tiene que fijar fecha de audiencia. Después de eso el límite para resolver es de 20 días, “pero eso siempre es solo en el papel, pues los plazos han sido superados largamente en los diversos procesos”.
Presiones. Mark Vito, esposo de Keiko Fujimori, insistió en que los vocales fueron influenciados para no levantar la prisión preventiva.
Previo. En enero pasado, la Segunda Sala Penal de Apelaciones resolvió por unanimidad declarar infundado un recurso contra la prisión de Keiko.
El exprocurador Antonio Maldonado aseguró que, sobre la casación de Keiko Fujimori, la discusión está delimitada a los tiempos que la prisión preventiva debería durar, lo que ya ha sido decidido en dos instancias.
Consideró poco probable que el juez dirimente (hasta que se logren los cuatro votos) pueda salirse de ese marco. “Si es que sale de esa discusión, plantea un problema más serio en términos procesales y podría acarrear una nulidad del ámbito decisorio. La complicación sería jurídica y prolongaría mucho más el tiempo, que de por sí ya está generando un tiempo no menor de uno o dos meses”.
Explicó que no está en juego el debido proceso sino el tiempo, y los vocales se han pronunciado considerando que la prisión no vulnera los derechos del debido proceso de las personas que han interpuesto la casación.
Advirtió que la decisión se veía venir, pues el recurso de casación venía siendo empleado por algunos investigados como un mecanismo de impunidad.
Luis Lamas Puccio - Abogado penalista
“El juez dirimente está en autonomía de declarar fundada la casación, pero lo más conveniente es que decida sobre la opción de 18 meses de prisión preventiva o la que declara infundada la casación”.
Giulliana Loza - Abogada de Keiko
“Si el magistrado plantea que Keiko salga mañana, tendrían que llamar a otro, pero esto puede tardar años… la Corte debe pronunciarse de manera firme y no dilatar un pronunciamiento”.
Antonio Maldonado - Exprocurador
“Sería delicado que el TC se pronuncie cuando está en curso una casación. No tengo dudas de que el fujimorismo y los investigados tienen simpatía por el señor Blume, quien ya perdió la independencia”.
Juez dirimente decidirá entre 18 o 36 meses para Keiko, no hay otra opción