El presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció el pasado viernes 27 de setiembre que planteará una cuestión de confianza ante el Congreso para modificar las reglas de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional.
En atención a este anuncio, el primer ministro, Salvador del Solar, se presentó en el Legislativo para ingresar una solicitud dirigida al titular del Parlamento, Pedro Olaechea, a fin de que le permita sustentar la cuestión de confianza el próximo lunes a primera hora de la sesión del Pleno. Sin embargo, ¿qué significa esta medida del Ejecutivo?
Es un mecanismo constitucional mediante el cual el Poder Ejecutivo pide el pleno respaldo de la mayoría del Congreso de la República, sobre el tema que estime, para seguir gobernando.
Frente a este asunto, la Constitución Política del Perú precisa en el artículo 133 que “el presidente del Consejo de Ministros puede plantear ante el Congreso una cuestión de confianza a nombre del Consejo. Si la confianza le es rehusada, o si es censurado, o si renuncia o es removido por el presidente de la República, se produce la crisis total del gabinete”.
Según el artículo 134, “el presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros”.
Tras la disolución, a través de un decreto, el mandatario deberá convocar a nuevas elecciones congresales.
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A pesar del cierre, la Comisión Permanente del Parlamento seguirá en funciones. El Congreso no puede ser disuelto en su último año de mandato.
El artículo 134 de la Constitución señala que las elecciones para el nuevo Congreso deben realizarse dentro de los cuatro meses desde la fecha de disolución, sin que pueda alterarse el sistema electoral preexistente.
Así también, si estas elecciones no se dan en el tiempo establecido, el Parlamento disuelto se reúne de pleno derecho, recobra sus facultades, y destituye al Consejo de Ministros.