Una norma con una finalidad legítima pero mal definida.,Habiéndose aireado los alegatos sobre la ley contra el transfuguismo que deberá resolver el Tribunal Constitucional (TC), esta columna se ratifica en que la misma debe ser declarada inconstitucional. El pleno del TC escuchó el viernes pasado, en Arequipa, los argumentos a favor y en contra de la demanda de inconstitucionalidad, y anunciaría su resolución antes de un mes y medio. La norma se aprobó en octubre del año pasado a iniciativa de Fuerza Popular, como una manera de evitar que se le fragmente la bancada. La ley ha permitido que FP solo pierda dos de los 73 congresistas que fueron elegidos el año pasado. Sin la ley, hubieran sido muchos más. Sin embargo, está produciendo perjuicios severos no solo a ese par de parlamentarios sino a la mitad de los que llegaron por el Frente Amplio y que se marcharon por discrepancias válidas, pues eran de orden ideológico y de enfoque, con Marco Arana. El perjuicio es grande pues al que por cualquier motivo sale de la bancada por la que fue elegido para estar en el Congreso se le condena con convertirlo en un parlamentario con los derechos muy recortados y, en la práctica, en un paria. El fin de la norma es correcto pues apunta a promover la solidez de los partidos políticos y a no defraudar el voto ciudadano, algo valioso para el fortalecimiento de la democracia. Pero el problema principal de la ley contra el transfuguismo aprobada en el congreso es que no llega a distinguir los motivos por los que alguien abandona una bancada. Quien ha planteado con mucha claridad este problema es el ex presidente del TC Víctor García Toma, quien observa que la ley no permite distinguir al tránsfuga del disidente. En su opinión, un congresista sí podría dejar una bancada, sin que se le apliquen sanciones, si es que, por ejemplo, la agrupación política rompe con los principios ideológicos o de principios con los que fueron elegidos sus integrantes. “La ley incurre en un vicio grave y es que no distingue lo que es el transfuguismo de la disidencia, la cual puede darse cuando un parlamentario deja una bancada que traiciona su ideología y doctrina inicial. En ese sentido considero que el derecho a la disidencia debe ser salvaguardado”, afirmó García Toma. Y en vez de estar anunciando que el Congreso tiene autonomía y, en virtud de ella, no tiene que acatar lo que decida el TC, los parlamentarios debieran pensar en cómo mejorar esta norma con una finalidad legítima pero que está mal definida.