
Argentina avanza hacia una reforma inédita. Este jueves, el Senado aprobó la Ley de Modernización Laboral, aunque aún debe ser sometida a votación cada artículo en la Cámara de Diputados. No obstante, desde la oposición y los sindicatos la consideran una medida "esclavista".
Después de una sesión que duró más de catorce horas y una jornada marcada por enfrentamientos entre las fuerzas de seguridad y los manifestantes en el centro de Buenos Aires, el proyecto fue aprobado durante la madrugada, generando repercusiones en todo el país.
Con 42 votos a favor, 30 en contra y 0 abstenciones, el Senado cambia un régimen de trabajo quie permanece desde 1974 con la defensa, por parte del Ejecutivo, de una necesidad de cambios que frenen la informalidad.
"Histórico, VLLC (Viva la libertad carajo)", expresó Mileo en su cuenta de X al conocerse el resultado de la votación. De igual modo, la Oficina del Presidente, mediante un comunicado, destacó que esta reforma representa un hito en la historia laboral argentina tras 'años de litigiosidad'.
Sin embargo, gremios y grupos de izquierda han mostrado su rechazo, argumentando que deteriora las condiciones laborales. Las protestas en contra llegaron al extremo de dejar hasta 14 personas heridas.
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La reforma impulsada por el presidente Javier Milei se resume en varios aspectos fundamentales, donde se destacan modificaciones en indemnizaciones por despido, vacaciones, licencias y horas extra, entre otros elementos clave.
Uno de los aspectos fundamentales es el ajuste en las bases utilizadas para estimar la compensación que recibe un trabajador al ser despedido. A partir de ahora, quedarán fuera del cálculo el aguinaldo, las vacaciones, premios y otros conceptos que no correspondan al pago mensual habitual, lo que resultará en una reducción del monto final en comparación con el sistema actual.
Para mitigar el efecto de esta disminución, la reforma propone la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que posibilitaría a los empleadores efectuar aportes mensuales destinados a cubrir posibles despidos.
Asimismo, si una empresa se ve involucrada en una condena judicial, tendrán la posibilidad de abonar el monto en cuotas. Las grandes compañías podrán realizar los pagos en 6 partes, mientras que las pymes tendrán la opción de hacerlo en 12.
En cuanto a las vacaciones, licencias y horas extras, con la nueva ley, los descansos se dividirían en períodos de al menos siete días y ser rotativos.
Cada trabajador disfrutará de, al menos, un período durante la temporada estival, coincidiendo con las vacaciones escolares, cada tres años.
En caso de accidente o enfermedad no relacionados con el trabajo, el empleado recibirá el 50% de su salario básico durante 3 meses si no tiene personas a su cargo, y seis meses si las tiene, siempre que la baja sea consecuencia de un acto voluntario o de una acción de riesgo para su salud.
Si la incapacidad no resulta de una acción voluntaria y riesgosa, el trabajador recibirá el 75% de sus salario en los mismos plazos.
Las licencias por recaídas debido a enfermedades crónicas solo se renovarán si han transcurrido más de dos años entre episodios.
También se establece un "banco de horas", que permite compensar las horas extra trabajadas con días libres o reducción de jornada. Además, el esquema de horas extras podrá ser acordado entre el trabajador y el empleador.
La reforma mantiene la jornada máxima semanal de 48 horas, pero permite ampliar la jornada diaria de 8 a 12 horas, compensando las horas extras con días de menor carga laboral, lo que ofrece mayor flexibilidad a las empresas.
A los sectores ya establecidos (salud, agua potable, energía eléctrica, gas y control del tráfico aéreo) se incorporan telecomunicaciones, aeronáutica, comercio, servicios portuarios, aduaneros, migratorios y educación, con la excepción de las universidades.
Las fuerzas de seguridad deberán garantizar el 100% de su prestación.
Se crearía la categoría "servicios de importancia trascendental", que deberían asegurar al menos el 50% de su funcionamiento, entre ellos, transporte de pasajeros y cargas, industria farmacéutica, bancos, agro, minería, siderurgia, construcción, medios de comunicación, comercio electrónico y hotelería.
La iniciativa modifica la Ley de Asociaciones Sindicales y establece que las asambleas de trabajadores y congresos de delegados no podrán afectar el normal funcionamiento de la empresa y deberán contar con autorización del empleador.
De este modo, se considera una infracción "muy grave" los bloqueos y las tomas de establecimientos, así como las acciones que impidan la libertad de trabajo de quienes no se adhieran a una medida de fuerza.
También permite otorgar personería gremial a los sindicatos de empresa si tienen más afiliados que el sindicato existente durante al menos seis meses.
La nueva ley eliminaría la regla que mantiene vigentes los acuerdos colectivos tras su vencimiento, hasta que se firme uno nuevo. De ser aprobada, los convenios perderían vigencia al expirar su plazo, salvo en lo relacionado con las condiciones laborales.
Además, se establece que los acuerdos de menor alcance, como los de empresa, prevalecerán sobre las alianzas sectoriales, que son los de mayor alcance.
La derogación de los estatutos y regímenes especiales entrará en vigor 180 días después de la sanción de la ley.
Las asociaciones de trabajadores han rechazado las reformas del presidente Milei. La Confederación General del Trabajo expresó su total desaprobación, lo que desató movilizaciones y enfrentamientos en las principales calles de Buenos Aires.
La CGT criticó el "irresponsable apoyo de los senadores" al proyecto y advirtió que la ley "precariza el empleo y limita los mecanismos de negociación colectiva".
El secretario de la organización en Mar del Plata aseguró que su presidente "no escucha ni quiere escuchar" los reclamos de la ciudadanía y advirtió que el rumbo económico podría llevar a una crisis social.





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