
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) anunció la disolución de las cooperativas ADECOOP, Crecer Perú y Coopevision Cusco, las cuales registraron una fuerte pérdida total de su capital social. La reciente acción de la SBS responde a la situación financiera de ambas entidades, que han reportado saldos negativos en sus patrimonios.
En especial, el organismo señaló que las pérdidas acumuladas por ambas entidades han superado los S/5 millones y comunicó las acciones que se implementarán a lo largo del proceso de liquidación de estas entidades. Cabe recordar que el organismo regulador disolvió otras dos cooperativas (Credysolución y Credi Chancay) el martes 14 de enero.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP emitió resoluciones que formalizan la disolución de las Cooperativas de Ahorro y Crédito (Coopac) Acción para el Desarrollo y Emprendimiento Ltda. ADECOOP, Crecer Perú y Coopevision Cusco. Además, formalizó su exclusión del registro nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito. Los detalles de estas resoluciones están disponibles en el diario oficial El Peruano.
Primero, disolvió la Cooperativa de Ahorro y Crédito Acción para el Desarrollo y Emprendimiento Ltda ADECOOP porque registró un patrimonio negativo que supera los S/700.000 (S/746.976,73) al finalizar septiembre de 2024. Esta situación se dio a conocer tras la presentación de sus estados financieros ante la entidad reguladora.
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Asimismo, informó la disolución de la cooperativa Crecer Perú, que experimentó una pérdida total de su capital social y reservas que alcanzó aproximadamente S/4,5 millones (S/4.502.311,48) durante el primer semestre de 2024. Esta situación también se dio a conocer tras las inspecciones rutinarias realizadas por la SBS.
También se disolvió la cooperativa Coopevision Cusco debido a un patrimonio negativo que supera los S/900.000 (S/925.463,41) al cierre de junio de 2024.
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La SBS designó a administradores temporales para llevar a cabo el proceso de disolución de las tres cooperativas en cuestión. Adicionalmente, las resoluciones emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP no solo contemplaron la disolución y exclusión, sino que también impusieron diversas prohibiciones durante el período de intervención.
El martes 31 de diciembre de 2024, el Gobierno oficializó la promulgación de la Ley que modifica el decreto legislativo N° 085, conocido como la Ley General de Cooperativas. Esta normativa, que recibió la aprobación del Congreso, busca actualizar el marco legal a las exigencias de las nuevas tecnologías.
Una de las modificaciones más significativas se encuentra en el artículo 4, que estipula que "toda cooperativa obtiene personería jurídica desde el momento de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), sin requerir una resolución administrativa previa que otorgue reconocimiento oficial. Esta condición se mantiene hasta que se registre su extinción".

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