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Economía

¿Pierdo mi dinero si quiebra el banco o caja municipal donde tengo ahorros?

Revisa cómo funciona el seguro que protege a las entidades reguladas por la SBS y hasta cuánto dinero te pueden devolver si es intervenida. También conoce consejos de especialistas para mantener a salvo tus fondos.

Los ingresos de este fondo están constituidos principalmente por las primas que pagan las empresas miembro. Foto: composición de Fabrizio Oviedo/La República
Los ingresos de este fondo están constituidos principalmente por las primas que pagan las empresas miembro. Foto: composición de Fabrizio Oviedo/La República

¿Tienes ahorros en un banco, caja municipal, rural o empresa financiera? Muchos clientes se preguntan lo que ocurriría con estos fondos si la entidad quiebra o es intervenida por las autoridades. En esa línea, debes saber que existe el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD), que cubre a los clientes de compañías supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Este fondo fue creado en 1991 a través del Decreto Legislativo n.° 637. El FSD “ha cumplido con el mandato legal de proteger el ahorro desde el inicio de sus actividades, indica en su página web. Los ingresos de este fondo están constituidos principalmente por las primas que pagan las empresas miembro, así como dinero de multas impuestas por la SBS y el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).

Conoce qué sucede con los ahorros en el banco de tu familiar fallecido. Foto: composición LR/Jazmin Ceras

¿Qué sucede con mis ahorros si el banco o caja quiebra?

El Fondo de Seguro de Depósitos cubre a todas las entidades financieras supervisadas por la SBS y autorizadas para captar depósitos. No tiene costo para los depositantes. Cuando se declara la disolución de la compañía, la SBS brinda un plazo de 60 días para que los liquidadores remitan la relación de personas cubiertas.

El FSD iniciará los pagos de coberturas en un plazo no mayor de 10 días hábiles tras recibir dicha relación. Estos fondos serán transferidos a otra entidad financiera a nombre del ahorrista, dice Jorge Luis Ojeda, profesor de finanzas de la Facultad de Negocios de la UPC.

El FSD protege a los usuarios del sistema bancario que tienen depósitos en instituciones autorizadas. Foto: Andina

“(El pago del seguro) toma un tiempo, no es automático; pero hay seguridad de que uno no va a perder. Lo importante es que tampoco se pierden los intereses. Es el monto que haya tenido la persona al momento del cierre de la institución financiera”, explica el especialista.

Asimismo, el FSD cubre “únicamente los depósitos nominativos”; es decir, donde aparece el nombre del titular o titulares de la cuenta, sean personas naturales o jurídicas privadas sin fines de lucro. A detalle, cubre estos tipos de cuenta:

  • Cuentas de ahorros
  • Cuentas corrientes (depósitos a la vista)
  • Cuentas a plazo fijo
  • Cuentas de compensación por tiempo de servicios (CTS).

Por desconocimiento, algunas personas podrían pensar que su dinero no estará seguro en una caja municipal o rural, a comparación de un banco grande. “Hay gente que, erróneamente, cree que cuando uno ahorra en una caja rural o municipal pequeña está totalmente desprotegido si es que esta quiebra. Pero no es tanto así”, indicó Jorge Carrillo Acosta, docente de Pacífico Business School.

¿Cuánto dinero te devuelve el banco si quiebra?

Actualmente, el monto máximo que cubre el Fondo de Seguro de Depósitos es S/ 124.428, vigente entre septiembre y noviembre de 2022. Este tope de reposición es actualizado trimestralmente y se ha mantenido por encima de los S/ 100.000 durante los últimos tres años.

Si un usuario cuenta con más de S/ 124.428 en una entidad intervenida por la SBS, el saldo del depósito no cubierto “podrá ser devuelto en parte o en su totalidad, dependiendo de los resultados del proceso de liquidación”, según el FSD.

Asimismo, el FSD cubrirá su monto máximo de cobertura por cada entidad que pudiera ser intervenida. Por ello, Jorge Carrillo Acosta recomienda destinar grandes sumas de dinero en distintas instituciones. “Si uno tiene más de S/ 121.910 puede diversificar. Por ejemplo, tener hasta S/ 4 millones en 40 entidades distintas y en todas estará cubierto con el fondo”, sostiene.

Por su parte, Jorge Luis Ojeda hizo énfasis en elegir compañías que cuentan con el respaldo de las autoridades. “Lo primero que uno tiene que ver es, una vez que haya elegido la entidad financiera, revisar en la SBS —que es información pública— que sea una institución supervisada”, recomendó el docente de finanzas.

En la web de la SBS puedes encontrar la relación completa de instituciones autorizadas a captar depósitos en cada región.

¿Las cooperativas están cubiertas por un fondo similar?

Las cooperativas de ahorro y crédito no están cubiertas por el Fondo de Seguro de Depósitos, ya que recién empezaron a ser supervisadas por la SBS en 2019. Estas empresas crearon el Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo, que viene recaudando primas desde abril de 2022.

“Para que cualquier entidad esté con el fondo activo, tienen que pasar dos años de aporte (de las instituciones financieras)”, indicó Jorge Carrillo Acosta. Por ello, este respaldo de las cooperativas estará vigente desde 2024. “En segundo lugar, no será de S/ 121.910 como las entidades grandes, sino máximo S/ 10.000 para las cooperativas grandes y S/ 5.000 para las pequeñas”, precisó.

Los usuarios de las cooperativas deben tener claro el panorama, sostiene por su parte Ojeda. “Al tener ahorros en una cooperativa, si esta quiebra o le pasa algo financieramente, no van a estar cubiertos. Solamente podrían reclamar sobre la liquidación de los activos de la cooperativa”, expuso. Pero este procedimiento suele ser largo e incierto. “Se establece una junta liquidadora que empieza a revisar. Al final, algo se reparte, pero demora mucho y es todo un vía crucis”, recalcó el profesor de la UPC.

Actualizado por Emely Matos.

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