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Economía

Aspan: pese a recorte fiscal, cada panadería puede fijar libremente el precio de su pan

El gremio de panaderos rechazó la injerencia de Indecopi y descartó que la exoneración del IGV pueda trasladarse, de forma vinculante, al consumidor final. “En todo caso, esperaremos a fin de mayo”, precisó.

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La Ley Nº 31452 exonera del IGV la venta en el país o importación de pollo, azúcar, huevos, pastas y pan, hasta el 31 de julio. Foto: La República

La Asociación Peruana de Empresarios de la Panadería y Pastelería (Aspan) rechazó la injerencia de Indecopi sobre el sector y descartó que la exoneración de IGV a cinco productos de la canasta básica familiar, entre ellos el pan, pueda reflejarse, necesariamente, en una disminución del precio de este producto al consumidor final.

A través de un comunicado, la organización confirmó la reunión sostenida con el órgano regulador el pasado viernes, pero cuestionó el método utilizado para verificar una reducción efectiva en la producción de los derivados de harina.

“Esta reunión fue para que todos los panaderos conozcan más la Ley N° 31452 y la exoneración del IGV en el pan, pero de ninguna forma para bajar el precio del pan o aceptar un control en las panaderías del precio del pan que es libre en una economía de libre mercado”, indicó.

En este sentido, el gremio de panaderos aclaró que no puede efectuarse una precisa medición del precio del pan al consumidor final mediante el precio por unidad, sino con el precio por peso del pan, como aprovecha la metodología del Instituto Nacional de Estadística (INEI). Para ello, esperarán a fines de mayo para una mejor estadística sobre el sector.

“En todo caso, Aspan espera el monitoreo del INEI de fin de mes de mayo para observar el comportamiento del índice de variación de precio del pan (...) No se puede hacer un correcto sondeo del precio del pan, solo observando el precio del pan en mercados de abastos y no en las panaderías o supermercados”, aseguró.

Aspan ha solicitado a la Sunat una reunión para aclarar aspectos técnicos de la ley, función que consideró “no le corresponde a Indecopi”. Además, demandó el respeto irrestrivo de la economía de mercado, donde cada panadería “puede fijar libremente su precio en el marco del cumplimiento de las leyes”.

“Los panaderos del Perú solo queremos leyes justas y cancha plana, para seguir vendiendo de forma justa a la población el pan: el alimento más antiguo de la humanidad”, declaró Aspan.

El dato

  • La Ley Nº 31452, publicada el 14 de abril pasado, tiene por objetivo atenuar el impacto inflacionario generado por la coyuntura internacional. Se exonera del IGV, hasta el 31 de julio del 2022, la venta en el país o importación de la carne de aves de la especie Gallus domesticus (gallina, gallo, pollo) frescos, refrigerados o congelados; huevos frescos de gallina de la especie Gallus domesticus; azúcar; pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma; y el pan.
  • Los contribuyentes que comercialicen los bienes señalados podrán aplicar como crédito fiscal el IGV correspondiente a las adquisiciones y/o importaciones de los principales insumos requeridos en el proceso productivo de los bienes exonerados.