Muchos usuarios de diversas entidades del sistema financiero tienen la curiosidad de saber qué ocurriría con el dinero de su cuenta de ahorros en caso fallezcan. En ese sentido, deben saber que este caso se encuentra regulado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), entidad que otorga información sobre depósitos, seguros, créditos y pensiones de la persona fallecida. Por ello, AQUÍ te explicaremos todo lo que sucede con tus ahorros si es que falleces y no dejaste herencia, así como las recomendaciones que deben tener en cuenta los familiares en estos casos.
Esta medida busca paliar los estragos de la economía, afectada por la COVID-19. Foto: archivo/La República
Tal como explica a La República el gerente legal de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG), Eduardo Chávez, el dinerono pasa a ser propiedad del banco, sino que debe ser otorgado a los familiares o herederos directos.
“Si eres un ahorrista del banco y lamentablemente falleces, ese dinero no se lo va quedar el banco. Lo que tienen que hacer los familiares es presentar la sucesión intestada, o llamada también declaratoria de herederos, y una vez que se presente la declaratoria, los herederos legales del banco van a poder acceder al dinero de quien en vida mantuvo sus ahorros”, explica el especialista.
En este tipo de cuenta podrás depositar tus ahorros y generar interese. Foto: Andina
En los casos en los que el familiar fallecido y titular de la cuenta no ha designado un testamento, se debe proceder a tramitar una sucesión intestada o declaratoria de herederos.
Este documento se elabora ante un notario o en el Poder Judicial, luego se debe inscribir en registros públicos y finalmente se presenta en la entidad financiera. “Automáticamente el banco libera esos ahorros a favor de los herederos legales”, informa Chávez.
Asimismo, si es que existe un testamento, los familiares tienen que protocolizarlo en una notaría e inscribirlo en registros públicos para acceder a los fondos que mantuvo el titular en vida.
Además, el gerente legal de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG) recomienda a las personas siempre averiguar si el familiar que falleció tenía algún beneficio asociado a su cuenta de ahorros, como un seguro de vida, por ejemplo.
“Cuando tú eres ahorrista de un banco, muchas veces te premian con un seguro de vida. Entonces también los familiares, cuando esta persona fallece, van a poder cobrar ese seguro. Algunos bancos lo ofrecen como parte de su oferta comercial”, comenta Chávez.
El gerente legal de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg), Eduardo Chávez, explica a La República que existen dos tipos de modalidades activadas y una pendiente de aplicación.
En la primera se garantiza el saldo de la deuda. “Cuando aseguras el saldo insoluto, si el titular del crédito fallece o queda con una invalidez permanente y total —que no le permite generar ingresos—, automáticamente la compañía de seguros se hace cargo del saldo deudor absoluto y los familiares no tienen que pagar nada”, aclara Chávez sobre la variedad más solicitada.
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Una segunda opción menos requerida —por su elevada prima de pago— es la que salvaguarda el saldo inicial de la deuda. “Si la persona fallece o queda inválida total y permanentemente, y no puede generar ingresos, la compañía de seguros gira dos cheques: uno a nombre del banco por el saldo de la deuda y otro segundo cheque por la diferencia respecto al monto inicial a favor de los herederos legales de la persona”, agrega el también vocero de la Apeseg.
Conoce qué pasa con las deudas que deja tu familiar al morir. Foto: composición LR
Cabe señalar que también existe un seguro de desgravamen que está presente en las diferentes operaciones bancarias, como solicitar un préstamo hipotecario, un préstamo de consumo, un préstamo con garantía hipotecaria o en el caso de poseer una tarjeta de crédito.
“Si el titular de la tarjeta o del préstamo por alguna circunstancia fallece —ya sea de muerte natural o muerte accidental— o queda en un estado de invalidez permanente total y no puede generar ingreso, la compañía de seguros se va a hacer cargo de la deuda que mantenía esta persona (...). Es decir, los familiares no van a tener que pagar absolutamente nada”, menciona Chávez
Asimismo, este mecanismo sería una exigencia de los bancos al interior de las operaciones. “El banco va a considerar siempre un seguro de desgravamen que va a estar respaldado por la compañía de seguros con la que trabaje la entidad bancaria”, recalca Chávez. “Esto va a posibilitar que si el titular del crédito de la tarjeta fallece o se encuentre con invalidez total y permanente, se active el desgravamen y la compañía de seguros se haga cargo del saldo deudor de la tarjeta o de los préstamos”, concluye.
Los familiares o herederos de un ciudadano fallecido pueden acceder a los siguientes servicios a través de la SBS, todos son totalmente gratuitos. Asimismo, de acuerdo al trámite se establece un periodo de plazo para la entrega de la información.
Servicio | Plazo máximo |
Certificado de pólizas de seguros de vida y/o accidentes personales | 11 días hábiles |
Constancia de depósitos u otros productos pasivos | 12 días hábiles |
Constancia de estado de afiliación al SPP | 5 días hábiles |
Reporte de Deudas SBS (último reporte publicado) | 5 días hábiles |
Asimismo, el trámite se puede realizar de forma virtual para conocer el certificado de pólizas de seguro de vida y/o accidentes personales y la constancia de estado de afiliación al SPP del familiar fallecido. Estos son los pasos para llevar a cabo el proceso de forma online:
Los ciudadanos también pueden acercarse de forma presencial a las oficinas de atención al usuario o a mesa de partes. Para ello, se deben llenar los formularios solicitados de acuerdo a la información financiera a la que desee acceder. Estos se encuentran en https://www.sbs.gob.pe/usuarios/nuestros-servicios/servicios-sbs/herederos-informados.
Para acceder a tu reporte de deudas SBS, debes tener a la mano tu DNI u otro documento de identidad. Asimismo, seguir estos pasos:
Foto: SBS
El Fondo de Seguro de Depósitos cubre a todas las entidades financieras supervisadas por la SBS y autorizadas para captar depósitos. No tiene costo para los depositantes. Cuando se declara la disolución de la compañía, la SBS brinda un plazo de 60 días para que los liquidadores remitan la relación de personas cubiertas.
El FSD iniciará los pagos de coberturas en un plazo no mayor de 10 días hábiles tras recibir dicha relación. Estos fondos serán transferidos a otra entidad financiera a nombre del ahorrista, dice Jorge Luis Ojeda, profesor de finanzas de la Facultad de Negocios de la UPC.
Los ingresos de este fondo están constituidos principalmente por las primas que pagan las empresas miembro. Foto: composición Fabrizio Oviedo/La República
“(El pago del seguro) toma un tiempo, no es automático; pero hay seguridad de que uno no va a perder. Lo importante es que tampoco se pierden los intereses. Es el monto que haya tenido la persona al momento del cierre de la institución financiera”, explica el especialista.
Asimismo, el FSD cubre “únicamente los depósitos nominativos”; es decir, donde aparece el nombre del titular o titulares de la cuenta, sean personas naturales o jurídicas privadas sin fines de lucro. A detalle, cubre estos tipos de cuenta:
Por desconocimiento, algunas personas podrían pensar que su dinero no estará seguro en una caja municipal o rural, a comparación de un banco grande. “Hay gente que, erróneamente, cree que cuando uno ahorra en una caja rural o municipal pequeña está totalmente desprotegido si es que esta quiebra. Pero no es tanto así”, indicó Jorge Carrillo Acosta, docente de Pacífico Business School.
Por definición, una cuenta inactiva es aquella que ha dejado de ser usada por una persona tanto para recibir ingresos como para retirarlos. La ley 2670 (Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros) establece que si en un plazo máximo de 10 años hay inmovilización del dinero, este pasa al Fondo de Seguro de Depósitos (FSD).
“Los depósitos, títulos valores u otros bienes de los clientes que permanezcan en una empresa del sistema financiero durante 10 años, sin que se haga nuevas imposiciones ni se retire parte de ellos o de sus intereses y sin que medie reclamación durante ese lapso, al igual que los respectivos rendimientos, constituyen recursos del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD)”, señala el artículo 182.
Cabe señalar que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) también dispone que todas las entidades financieras deben informar a sus clientes que sus cuentas han cumplido este plazo establecido como inactivas y darles un tiempo para que puedan volverlas a activar o cancelar.
Revisa qué sucede con tus ahorros si dejas de usar una cuenta bancaria. Foto: ComposiciónLR/Andina