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Economía

Retorno al trabajo presencial: ¿cuáles son los retos para este 2022?

El proceso de vacunación, la desconexión digital, disposiciones legales contra el contagio y planes de retorno al trabajo presencial. Todo lo que debes considerar para trabajar con éxito este año.

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El proceso de vacunación, la desconexión digital, disposiciones legales contra el contagio y planes de retorno al trabajo presencial. Todo lo que debes considerar para trabajar con éxito este año.

La pandemia de la COVID-19 ha ocasionado un entorno laboral con nuevos retos para líderes y empleadores. Cuatro de ellos seguirán vigentes en 2022: el proceso de vacunación, la desconexión digital, disposiciones legales contra el contagio y planes de retorno al trabajo presencial.

Para conocerlos más, el abogado laboralista y socio de Guzmán Napurí & Segura Abogados, Percy Curi, explica cada punto.

La desconexión digital

Un punto a considerar es la regulación del derecho a la desconexión digital; es decir, toda obligación para mantener actividades laborales luego de la jornada laboral a través de medios informáticos. Este derecho fue reconocido en 2020 y su reglamentó se publicó en 2021 donde se establecieron infracciones en caso se exijan tareas durante el tiempo de desconexión.

Aunque las empresas han implementado diversas acciones de personal para garantizar el cumplimiento de dicho derecho, las distintas necesidades del negocio y los perfiles suponen un reto en una coyuntura innovadora.

Proceso de vacunación en el trabajo

A partir del 10 de diciembre del 2021 se dispuso la obligación de contar con el esquema completo de vacunación para el retorno efectivo al trabajo presencial mediante decreto supremo No. 179-2021-PCM. Se estableció que, en caso un trabajador no cuente con la vacunación completa, no podrá asistir a trabajar de manera presencial, continuando con sus labores de manera remota.

Asimismo, se dispuso que en caso no sea posible el trabajo remoto, se aplicará automáticamente la suspensión perfecta del contrato de trabajo, a menos que exista un acuerdo distinto entre el empleador y el trabajador para que se le otorgue una licencia con goce de haber.

Hasta el momento, solo se ha dado una excepción temporal hasta el 14 de enero de 2022 para aquellos trabajadores cuyo puesto de trabajo esté calificado como de riesgo bajo de exposición y que además realicen labor presencial al aire libre durante toda la jornada de trabajo.

Planes de retorno al trabajo presencial

Durante el transcurso del 2021, aumentaron los planes de retorno al trabajo presencial, el cual pudo ser total o mixto (unos días trabajo remoto desde casa y otros en el centro laboral), considerando las normas respecto a las actividades económicas permitidas, los niveles de alerta y los horarios de inmovilización social.

Estos planes continuarán en el 2022, existiendo el reto de optar por un modelo de forma presencial en su totalidad o la flexibilidad a favor de los trabajadores con una opción mixta. Cabe señalar que las restricciones sanitarias seguirá siendo inciertas debido a las amenazas de las nuevas variantes o los nuevos incrementos en los niveles de contagio.

Disposiciones legales contra los contagios

Siguen vigentes las disposiciones para que el retorno sea de manera segura y con la menor exposición para evitar contagios dentro del centro de trabajo; por eso, se mantienen los planes de vigilancia, control y prevención frente a la COVID-19.

Cabe recordar que se encuentra vigente la Resolución Ministerial No. 1275-2021-MINSA, que contiene los lineamientos actuales, entre los principales están:

  1. Constatar que los trabajadores cuenten con la dosis completas de vacunación.
  2. Asegurar la ventilación natural de los centros de trabajo de forma natural y mecánica.
  3. Establecer puntos de desinfección o lavado de manos dentro del lugar de trabajo.
  4. El empleador deberá realizar actividades de información, orientación y prevención del contagio para trabajadores; entre otros.

Aplicación del trabajo remoto

Mediante el Decreto de Urgencia N° 115-2021 se prorrogó la vigencia del trabajo remoto por todo el año 2022, decisión que fue tomada por el creciente número de contagios por la COVID-19 en el actual contexto de la tercera ola ya declarada por las autoridades sanitarias.

En la medida que las labores lo permitan, los empleadores deben priorizar el uso del trabajo remoto entre sus colaboradores, con excepción de aquellos que cuenten con diagnóstico confirmado de COVID-19, quienes deben cumplir su periodo de cuarentena como licencia por descanso médico.

Se debe tener presente que, para el desarrollo del trabajo remoto, el empleador debe comunicar al trabajador las condiciones en que este se llevará a cabo, incluyendo la jornada a cumplir y los mecanismos de supervisión, debiéndose capacitar (en caso sea necesario) sobre el uso de los sistemas o plataformas informáticas que se utilizarán.

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