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Economía

SUNAT no sancionará infracciones cometidas antes de la cuarentena

La medida comprenderá a las personas naturales con negocio y los contribuyentes del Nuevo RUS.

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La no emisión o no otorgar comprobantes de pago son solo algunas de las infracciones que serán tratadas con discrecionalidad. Foto: La República

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) anunció que no aplicará sanciones a las infracciones cometidas antes de la cuarentena establecida por el Gobierno para enfrentar la pandemia de la COVID - 19.

La Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, publicada este último 8 de enero, precisó que no se castigarán aquellas faltas incurridas hasta del 15 de marzo de 2020, en las que se requiere el traslado de los contribuyentes a sedes administrativas para subsanarlas.

Entre las infracciones que serán tratadas con discrecionalidad destacan las de no emitir o no otorgar comprobantes de pago, no exhibir libros y registros, no proporcionar información o documentación que sea requerida por la SUNAT sobre las actividades del contribuyente o aquellas que realizó con terceros y, por último, no presentarse a una reunión programada o hacerlo fuera del plazo establecido.

La medida comprenderá a las personas naturales con negocio y los contribuyentes del Nuevo RUS, es decir, las pequeñas y medianas empresas o aquellos emprendimientos que actualmente tienen un rol protagónico promoviendo la reactivación de los diferentes sectores de la economía.

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