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Economía

Devolución de ONP: en 15 días hábiles se conocerá el procedimiento

Medida. Norma en favor de los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones se publicó ayer. Los primeros beneficiados serán los jubilados. Ejecutivo aún no tramitó inconstitucionalidad.

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Por: Andrés Silva G.

Ayer se publicó la ley para la devolución de aportes a los afiliados de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), aprobada el miércoles por insistencia en el Parlamento.

La norma permite que a los afiliados activos e inactivos se les devuelva hasta 1 UIT (S/ 4.300), el total de aportes a los que tienen 65 años a más y no cumplen con las condiciones para obtener una pensión, y una retribución económica de una remuneración mínima vital (S/ 930) para los jubilados.

El Ejecutivo observó la norma anteriormente y llevará el caso al Tribunal Constitucional, como adelantó el presidente Francisco Sagasti. El único camino, como han señalado especialistas, es la demanda de inconstitucionalidad. Pero aún no fue gestionada.

Los plazos

El Ejecutivo tiene 15 días hábiles para implementar el procedimiento operativo.

Con ello, los afiliados a la ONP podrán solicitar la devolución de sus aportes. Luego, en un plazo de 30 días hábiles de las solicitudes, la mencionada entidad debe emitir conformidad del pedido para así dar el desembolso de hasta 1 UIT en dos armadas.

El primer desembolso, de 50% de 1 UIT (S/ 2.150) a los 30 días de la conformidad; y el segundo, el saldo restante, a los 90 días posteriores al anterior depósito.

En el caso de la retribución extraordinaria para los pensionistas, es el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) el que debe emitir en un plazo de 15 días calendario el cronograma. Es decir, en este mes se publica ello.

La medida alcanza a los 4,7 millones de afiliados a la ONP y a los 575.000 pensionistas.

Efectos

El camino en el Tribunal Constitucional, hasta tener un fallo de esta institución, demoraría como mínimo entre 2 y 4 meses.

Esto podría detener durante su realización el proceso de devolución de aportes –sin efecto retroactivo–. El congresista Anthony Novoa, presidente de la Comisión de Economía, señaló antes que si se declara inconstitucional la norma, analizarán inmediatamente una nueva medida en favor de los afiliados a la ONP.

No obstante todo ello, lo que sucedería primero sería la entrega de los S/ 930 para los jubilados.

Como señaló el Ejecutivo cuando observó la autógrafa, la medida tiene un costo total de S/ 15.956 millones (2,3% del PBI, según el Consejo Fiscal). De forma desagregada, S/ 535 millones se destinan para la retribución extraordinaria.

Este sería el primer desembolso que se realizaría, desde el punto de vista fiscal, considera Enrique Díaz, presidente de la consultora MC&F. Luego llegaría la devolución.

“El Estado está en un dilema complicado, porque si esto (el proceso) sigue adelante, esto significaría una mayor necesidad de recursos”, expresó.

El experto sostuvo que la norma puede afectar el presupuesto nacional del siguiente año, repercutiendo en una menor capacidad de gastos, “porque los recursos no serán ilimitados”, y en pleno objetivo del MEF para recuperar la prudencia fiscal.

Hay que mencionar que, antes de la publicación de la norma, la Defensoría del Pueblo apuntó a que con ella se dejaría a miles de aportantes sin la posibilidad de acceder a un seguro de EsSalud mediante la pensión.

Datos

Futuro. El Consejo Fiscal indicó que la medida creará una presión en un futuro para que el Estado provea asistencia a los afiliados que no accedieron a una pensión al optar por esta devolución.

Propuesta. A finales de marzo, el Ejecutivo trabajaba en subsidiar a los aportantes.

La palabra

Enrique Díaz, presidente MC&F

“Desde el punto de vista fiscal, hay un primer desembolso por la retribución extraordinaria (a los pensionistas) y unas semanas después viene la devolución de aportes para los afiliados de la ONP”.

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