Bono de Alquiler de Vivienda (BAV), más conocido como Renta Joven, tiene como objetivo ayudar a que las personas de más bajos recursos, de 18 a 40 años, puedan arrendar inmuebles dignos. Asimismo, se busca incentivar el ahorro para que en un plazo máximo de cinco años los beneficiarios tengan la opción de adquirir una vivienda social.
Muchos peruanos podrán pronto acceder de este nuevo subsidio. Así, no solo deben considerar los beneficios del programa, sino las causales de pérdida que pueden ser la siguientes, de acuerdo con del reglamento de la Ley N° 30952:
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1. El incumplimiento del pago de la renta por dos meses consecutivos lleva a la suspensión del subsidio. Esto se conoce por comunicación del arrendador.
2. El subarrendamiento de la vivienda es otra causal de pérdida, es decir, el beneficiario no puede alquilar a un tercero el inmueble rentado.
3. Cuando el Fondo MiVivienda (FMV) verifica que el arrendatario se encuentra dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad respecto al arrendador de la vivienda.
4. Por actos realizados por el arrendatario que impidan el buen desarrollo de la convivencia vecinal. Esto se verifica con la denuncia efectuada por el arrendador, la suspensión del arrendamiento por un período superior de un año o ante la acumulación de periodos de suspensión que en conjunto sumen más de un año.
5. Incumplimiento de los requisitos establecidos en el referido reglamento. Estos son, por ejemplo, que el beneficiario reciba un ingreso mensual máximo hasta 3.538 soles y pague un alquiler de entre 750 y 1560 soles mensuales. Asimismo, no puede ser propietario, ni copropietario de vivienda, terreno o aires independizados de ningún inmueble.