Anteproyecto presentado por Jorge del Castillo propone una autorización previa para este tipo de operaciones. Indecopi analizará casos de grandes fusiones.,Ayer se publicó para debate y la recepción de opiniones el anteproyecto de Ley de Regulación de Fusiones y Adquisiciones Empresariales que tiene como objetivo central la promoción de la competencia en beneficio de los consumidores, proveedores y en general del mercado. El congresista Jorge del Castillo, quien preside el grupo Pro Inversión y Promoción del Empleo de la Comisión de Economía del Congreso, es el autor de la iniciativa. El legislador precisó que se recibirán las sugerencias durante todo febrero. PUEDES VER La rentabilidad de fondos de pensiones serán moderados En tal sentido, recordó que durante los meses previos de debate y de audiencias se tomó en consideración la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el Indecopi y otras entidades a nombre del Estado como los reguladores, pero también de los gremios empresariales como la Confiep, la Cámara de Comercio de Lima, entre otros. No obstante, Del Castillo dijo que febrero servirá para recibir opiniones escritas con la finalidad de dar transparencia al manejo de un tema tan controvertido. El grupo de trabajo recibió la asesoría directa del Organismo de Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD). "En el Perú no existe ninguna legislación de regulación de fusiones y adquisiciones. Existe con cierta debilidad algunas normas regulatorias en el tema de concentración de propiedad en el sector eléctrico, un poco en bancos, algo en radio y televisión, pero en sectores como cervezas o medios de comunicación en el Perú se fusionan y nadie pudo hacer nada", alertó. PREVIA EVALUACIÓN El anteproyecto tiene como objetivo introducir un proceso de evaluación previa de operaciones de concentración empresarial para autorizar aquellas operaciones que por sus efectos en la estructura del mercado no constituyan una restricción significativa de la competencia efectiva, garantizando el bienestar de los consumidores y la eficiencia económica en los mercados. En tanto que la ley se aplicará cuando la suma total del volumen de ventas anuales de las empresas involucradas en la operación de concentración haya alcanzado durante el ejercicio fiscal anterior a aquel en que se notifique la operación, un valor igual o superior al umbral establecido mediante Decreto Supremo. Asimismo, cuando al menos una de las empresas involucradas en la operación de concentración haya alcanzado durante el ejercicio fiscal anterior a aquel en que se notifique la operación, un valor igual o superior al umbral establecido mediante Decreto Supremo. Para ambos casos, la operación de concentración debe ser notificada a la Comisión sujetándose al procedimiento de evaluación previa. SOBRE LA COMISIÓN Del Castillo precisó que la Comisión especializada del Indecopi se tendrá que formar, pues actualmente no existe, así como tampoco el tratamiento de las fusiones y adquisiciones en el Perú. Se prevé que la Comisión emita su opinión consultiva, si es que las empresas pasan o no los umbrales establecidos, en menos de un mes, pues se trata de operaciones grandes. De acuerdo con la disposición complementaria final del anteproyecto, la ley entraría en vigencia con la publicación de su reglamento en un plazo máximo de un año, contando a partir de la publicación de la ley. Un elemento clave del anteproyecto es su ámbito de aplicación, el cual será en aquellas operaciones de concentración que produzcan efectos en todo, o en parte, del territorio nacional, incluyendo operaciones de concentración que se realicen en el extranjero y vinculen directa o indirectamente a empresas que desarrollan actividades económicas en el país. MEDIDAS SANCIONATORIAS Según el anteproyecto, las consecuencias por la falta de notificación previa de las operaciones de concentración comprendidas dentro de los umbrales establecidos, conducirá a que la Comisión pueda imponer medidas de orden mandatorio y/o sancionatorio. Las sanciones irían desde deshacer la operación y sanciones económicas, explicó Del Castillo. De acuerdo con algunos estimados del Indecopi, esta tarea que se le encargaría le demandaría una partida de al menos S/ 5 millones anuales. Datos clave para entender la iniciativa para más competencia 1. La norma está orientada a las grandes empresas que busquen fusionarse y tengan una posición de dominio que pudiera atentar contra el mercado, especialmente en contra de los consumidores y los proveedores. 2. Antes del inicio del procedimiento de evaluación previa, los agentes que participan en la operación de concentración empresarial pueden dirigir una consulta a la Comisión a fin de precisar si la operación se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la norma. 3. Los umbrales se determinarán y actualizarán mediante Decreto Supremo, y deben ser refrendos por la Presidencia del Consejo de Ministros, el Produce, el Mincetur y el Ministerio de Economía. Los umbrales se indicarán y actualizarán en valor de UIT. 4. El Indecopi deberá elaborar los lineamientos que resulten necesarios para la adecuada aplicación de los umbrales de notificación de operaciones de concentración empresarial. Dichos lineamientos serán aprobados por Decreto Supremo. Drago Kisic, Economista. “Yo sí creo en el control previo de fusiones, es simplemente una autorización. Es un control legítimo. Hay que tratar de evitar que surjan nuevos monopolios”. José Távara, Economista. “El control de conductas es ineficiente sin el control de estructuras. Lo vimos en el caso de las farmacias sancionadas por el Indecopi recientemente”.