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Oportunidad en La Molina: MML autoriza apertura de restaurantes, spas y barberías en codiciada zona residencial

Los nuevos negocios en La Molina deberán funcionar en el primer piso y cumplir con estándares de calidad. Además, la norma preserva la zonificación en el resto del distrito, asegurando un impacto local limitado.

Los nuevos negocios deberán cumplir con estándares de calidad y contar con estacionamientos. La medida busca diversificar el uso comercial en esta zona residencial.
Los nuevos negocios deberán cumplir con estándares de calidad y contar con estacionamientos. La medida busca diversificar el uso comercial en esta zona residencial. | Foto: Andina/Composición LR

La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) aprobó el Plan Específico "Cuadra 19 Alameda del Corregidor", una ordenanza que permitirá la incorporación de nuevos giros comerciales en un tramo residencial del distrito de La Molina. La medida autoriza la instalación de restaurantes, locales de comida rápida, cajeros automáticos, spas y barberías en una zona que hasta ahora mantenía un uso predominantemente habitacional.

La disposición fue oficializada mediante la Ordenanza N.º 2837, aprobada por unanimidad por el Concejo Metropolitano de Lima y publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano. El objetivo es incorporar estas actividades urbanas dentro del Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas en un sector específico de la avenida Alameda del Corregidor, manteniendo la zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM).

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¿Qué cambia con la nueva ordenanza en La Molina?

La norma establece que el cambio de uso se aplicará únicamente a un ámbito delimitado de la cuadra 19 de la avenida Alameda del Corregidor, entre el pasaje peatonal ubicado entre las cuadras 18 y 19 y la intersección con la avenida Alameda de los Cóndores.

El plan comprende 15 lotes, correspondientes a los lotes 19 al 33 de la manzana F-1 de la urbanización La Ensenada. En este espacio se permitirá el funcionamiento de restaurantes, establecimientos de comida rápida, cajeros automáticos, spas y barberías, además de los usos ya contemplados para la zonificación RDM.

La ordenanza precisa que las nuevas actividades deberán desarrollarse exclusivamente en el primer piso de las edificaciones y no podrán utilizar las áreas destinadas al estacionamiento de las viviendas.

Requisitos que deberán cumplir los nuevos negocios

La Municipalidad Metropolitana de Lima señala que los establecimientos autorizados deberán cumplir con los estándares de calidad y los niveles operacionales exigidos para este tipo de actividades, además de acreditar la disponibilidad de estacionamientos necesarios para su funcionamiento.

Asimismo, la norma dispone que la medida tiene un alcance exclusivamente local y no modifica la zonificación del resto del distrito de La Molina. La ordenanza también encarga su notificación tanto a la solicitante del expediente como a la Municipalidad Distrital de La Molina, además de su publicación en el diario oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la comuna metropolitana.

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