Proyecto minero Ariana: En marzo se resolverá discordancia entre magistrados

Jueces no deciden si se debe anular o solo suspender las resoluciones del Ministerio de Energía y Minas que autorizaron el proyecto.

Ciudadanos protestaron contra proyecto minero Ariana tras el riesgo que representa para el agua en Lima y Callao.
Ciudadanos protestaron contra proyecto minero Ariana tras el riesgo que representa para el agua en Lima y Callao.

El Poder Judicial, a través de la Primera Sala Constitucional de Lima, declaró fundada la demanda de amparo presentada contra el proyecto minero Ariana, ubicado en las alturas de Junín, debido a que existe el riesgo de comprometer el suministro de agua para más de 11 millones de habitantes de Lima y Callao. Sin embargo, sigue la incertidumbre porque no se sabe qué va a pasar con sus operaciones.


Y es que los jueces no deciden si se debe anular o solo suspender las resoluciones del Minem que autorizaron el proyecto; además que no se ponen de acuerdo si los estudios técnicos para analizar su impacto deben ser internacionales o solo un estudio de impacto ambiental complementario a cargo de la empresa y las propias entidades del Estado.

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Así votaron jueces

De acuerdo con la resolución de la sala, el voto del juez superior Tapia Gonzales se adhiere a del juez Ordoñez Alcántara para declarar la nulidad de las resoluciones del Minem.


Por otro lado, el voto del juez Romero Roca propone declarar improcedente la nulidad de las resoluciones.


Peritaje internacional


Ahora bien, también se señala que el juez superior Tapia Gonzales se adhiere al voto del juez superior Ordoñez Alcántara en cuanto a la orden de realizar un peritaje o estudio que determine si la obra pone o no en riesgo el ejercicio del derecho de acceso al agua potable y el ejercicio del derecho a un medio ambiente equilibrado.


Mientras que el voto del juez superior Romero Roca ordena que la parte demandada cumpla con la realización de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) complementario, de acuerdo a las competencias funcionales establecidas por ley, en un plazo máximo de 12 meses, "con la participación conjunta de las entidades públicas y privadas indicadas en la presente ponencia".


Debido a la discrepancia en estos dos puntos, se ha convocado a una nueva audiencia de la Primera Sala Constitucional de Lima para el próximo 7 de marzo a las 9:30 a.m.


Ahora, lo que corresponde es que un juez dirimente decida, en una nueva audiencia, si es que un sexto juez está de acuerdo con un peritaje internacional y por tanto declara la nulidad o se adhiere al otro camino, que es el estudio de impacto ambiental.

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