Modificatoria de la ley de lengua de señas peruana no recibió consulta de la comunidad sorda
La comunidad de personas sordas también manifestó que lucha para que la Lengua de Señas Peruana (LSP) sea reconocida oficialmente como lengua originaria y que sea incluida en el mapa lingüístico del Perú.
El Congreso de la República aprobó el 3 de octubre la modificatoria de la Ley 29535, Ley que Otorga Reconocimiento Oficial la Lengua de Señas Peruana. Sin embargo, esta no contó con la consulta de la comunidad sorda. Ante ello, más de 1500 personas de diversas organizaciones de la comunidad sorda han presentado una carta abierta a la presidenta Dina Boluarte en el que se solicita la observación de la reciente ley.
El texto sustitutorio, que modifica la Ley 29535, incorpora el artículo 7 que define discriminación como "un acto discriminatorio de impedir que una persona con discapacidad auditiva o verbal reciba información o se comunique en lengua de señas peruana (…)".
Sin embargo, la educadora Susana Stiglich manifestó, en nombre de la comunidad sorda, que el término "discapacidad auditiva o verbal" es un término desfasado y no aceptado. "Nosotros preferimos el uso del término persona sorda y usuarios de lengua de señas peruana", se lee en su cuenta de Twitter.
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Foto: Congreso del Perú
Por otro lado, indicó que no fueron consultados durante la elaboración de esta ley, lo que representa una violación directa al artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad al no haber consulta previa.
En cuanto a la modificación del artículo 4, obligación de intérpretes de lengua de señas, de la Ley 29535, la norma señala que las personas con discapacidad "sean acompañadas" por intérpretes profesionales, pero esta contraviene la autonomía de las personas sordas. "Debemos gozar del derecho de decidir, y no estar obligada a ser "acompañados" para cualquier gestión", indicó.
Lengua de señas peruana debe ser reconocida oficialmente como una lengua originaria
La comunidad sorda también observó que la norma aprobada por el Congreso hace mención en el título a la Ley 29735, Ley que Regula el Uso, Preservación, Desarrollo, Recuperación, Fomento y Difusión de las Lenguas Originarias del Perú, pero en el contenido de la misma no hay ningún artículo que aborde claramente si la Lengua de Señas Peruana (LSP) es reconocida como una lengua originaria, por lo que no está claro.
"Hemos estado reclamando desde hace mucho tiempo que la Lengua de Señas Peruana sea reconocida oficialmente como una lengua originaria del Perú y sea incluida en el mapa lingüístico del país, ya que cumple con los criterios lingüísticos y culturales", sostuvo Stiglich.
Susana Stiglich y el intérprete de lengua de señas, Moisés Piscoya, apoyan la iniciativa de la comunidad sorda peruana. Foto: composición LR/John Reyes Mejia/LR
En cuanto al artículo 5, indicó que la definición de Lengua de Señas Peruana (LSP) no es precisa. "La LSP es más que un 'sistema lingüístico'. Es una lengua natural, completa y autónoma, que tiene sus propias gramáticas, como cualquier otra lengua. Definirla como un simple sistema gestual o táctil, no refleja su complejidad y riqueza cultural", agregaron.
De otro lado, manifestó que el Ministerio de Educación y el Conadis no tienen las competencias necesarias para regular o dirigir los aspectos lingüísticos de la lengua de señas peruana.
"Por ello, proponemos la creación de un Consejo Nacional de la Lengua de Señas Peruana, que incluya representantes de la comunidad sorda peruana, junto con los sectores pertinentes del Estado. La Lengua de Señas Peruana es mucho más que una herramienta de comunicación para las personas sordas; es una lengua natural, compleja y viva, que forma parte del patrimonio cultural de la comunidad sorda del Perú", sostuvo.
Finalmente, la Comunidad Sorda Peruana pidió a la presidenta Boluarte que la modificatoria de Ley 29535, suscrita por los congresistas Guillermo Bermejo y Luis Picón Quedo, sea devuelta al Congreso para su corrección y mejora. Además, hicieron hincapié en que se consulte a la comunidad sorda, a fin de que la normativa se ajuste a los estándares internacionales, a nuestra Constitución y a la normativa vigente.