Sociedad

¿En qué casos se debe tramitar el permiso de viajes para menores?

Migraciones Perú exigirá la autorización de salida correspondiente para peruano o extranjero residente. Entérate las siguientes condiciones.

Foto: Referencial/MigracionesdelPerú
Foto: Referencial/MigracionesdelPerú

Cuando viajamos debemos tener todo en orden. Es por ello que La Superintendencia de Migraciones del Perú recomienda que, si tu menor hijo o hija viajará al extranjero solo o en compañía de unos de los padres o un tercero, es importante que documentes un permiso de autorización que permitirá al menor pasar los controles migratorios. Entérate todos los detalles en el siguiente texto.

Tipos de autorización depende de cada caso

  • Si el menor de edad viajará fuera del Perú con uno de sus padres, acompañado de otro adulto o sin compañía, los progenitores tienen que ir a una notaria. Revisa el siguiente vínculo: autorización de viaje notarial.
  • Si el menor de edad viaja fuera del Perú y faltan ambos padres, uno de ellos se encuentra ausente o se interpone al viaje, un juez del juzgado de familia debe ver el caso. Consulta el siguiente vínculo de permiso: autorización de Viaje Judicial.
  • Si uno o ambos padres se encuentran en el extranjero, se debe tramitar una autorización de viaje Consular en una entidad consular peruana, también debe legalizarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
BCBCV

GDFGD

Se debe presentar un permiso de viaje a la autoridad migratoria para que el menor pueda salir del Perú y es válido por una sola vez. Del mismo modo, cabe resaltar que los permisos notariados o consulares son válidos por 90 días a partir de la fecha de emisión.

¿Si el menor viaja con sus dos padres debe tener permiso?

Cuando un hijo o hija viaja con sus padres, no se requiere permiso, pero si el niño viaja solo con cualquiera de los padres, se requiere el consentimiento de la persona que no viaja con el padre. Si viaja solo o con otro adulto, ambos padres deben firmar un documento para salir del país.

Importante

De acuerdo con las normas de la Superintendencia Nacional de Migraciones, si un menor peruano residente en el exterior permanece en el Perú por más de 183 días, debe otorgar obligatoriamente la autorización para salir del país.