Sociedad

¿Quiénes pueden transitar con su vehículo el domingo de toque de queda total?

En un comunicado del Ministerio de Defensa junto con el Ministerio del Interior mencionaron las personas que podrán circular a partir de este domingo 16 de agosto bajo el uso del pase laboral.

Policía Nacional del Perú supervisará que las personas cumplan el toque de queda total. Créditos: URPI-GLR.
Policía Nacional del Perú supervisará que las personas cumplan el toque de queda total. Créditos: URPI-GLR.

Este último 13 de agosto, el Ministerio de Defensa con el Ministerio del Interior emitieron un comunicado, donde precisan las nuevas normas que seguirán los ciudadanos que transiten con su vehículo el domingo, que ha sido decretado como día de inmovilización total a partir del 16 de agosto.

Además, añadieron las medidas para lograr que se cumpla el toque de queda en el territorio nacional de la mano de la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas. El Gobierno ha dispuesto estas acciones para frenar la propagación del nuevo coronavirus.

En el pronunciamiento manifiestan qué personas y bajo qué trabajos podrían movilizarse los días domingos, siempre y cuando porten el pase laboral y/o vehicular que son de uso obligatorio, además de su credencial o fotocheck que lo identifique como trabajador de la empresa.

a. Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.

b. Servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos.

c. Servicios de telecomunicaciones.

d. Servicios funerarios.

e. Servicios de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

f. Vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos, y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.

g. Personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.

h. Personal y vehículos de medios de comunicación.

i. Vehículos oficiales de transporte de salud.

j. Vehículos particulares del Poder Legislativo, Ministerio Público e INPE.

k. Personal de empresas de seguridad.

l. Personal y servicio de farmacias y restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio (delivery).

¿Qué deben portar los que se movilizan los días domingos?

1. Deben contar con su credencial que lo identifique como trabajador de dicha organización y/o empresa.

2. Deberán generar el pase laboral y/o vehicular de las personas y vehículos indicados en la página oficial: http://www.gob.pe/paselaboral

Pase Laboral.

Pase Laboral.

¿Cuál es el horario de toque de queda?

En Lima y las regiones que no tienen cuarentena, el horario de toque de queda se mantiene desde las 22:00 horas a 04:00 horas. El día domingo no se podrá movilizar, a excepción que sea parte de la ciudadanía que tiene que laborar o necesite trasladar con urgencia a un paciente grave.

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