Indecopi inicia procedimiento sancionador contra Clorox Perú
La decisión se tomó debido a que los canales implementados no facilitarían la atención oportuna a los consumidores afectados por la contaminación del producto Poett.
Indecopi inició un procedimiento administrativo sancionador contra la empresa Clorox Perú por presunta infracción al deber de idoneidad.
Según determinó la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3, los canales de atención que el mismo proveedor implementó, número telefónico 0800-53988 y el WhatsApp 955 103 103, no permitirían atender a la gran cantidad de consumidores que se habrían visto afectados por la adquisición de los limpiadores Poett.
En ese sentido, se infringía el deber de idoneidad, establecido en el artículo 19, del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que indica “Los proveedores responden por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos; por la autenticidad de las marcas y leyendas que exhiben sus productos o del signo que respalda al prestador del servicio, por la falta de conformidad entre la publicidad comercial de los productos y servicios y estos, así como por el contenido y la vida útil del producto indicado en el envase, en lo que corresponda”.
Indecopi ordenó que en un plazo máximo e improrrogable de dos días calendario, la empresa fortalezca, optimice, refuerce y/o incremente los canales de atención.
Asimismo, pidió remitir a la CC3 los medios de prueba que acrediten el cumplimiento de lo ordenado. Ello, bajo apercibimiento de imponerle una multa por su incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Cabe destacar que, el viernes 10 de julio, Clorox Perú anunció el retiro voluntario de sus limpiadores líquidos antibacteriales de la marca ‘Poett’, fabricados antes del 30 de junio de 2020. Esto por presentar una bacteria denominada Pseudomona, la cual puede causar infecciones a la piel, en las vías urinarias o neumonía.