Sociedad

Se levanta la cuarentena en el Perú, excepto en estas de 7 regiones

En Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash sogie la inmovilización social obligatoria por aumento de contagios por COVID-19.

En el Consejo de Ministros del día 26 de junio, se decidió que la cuarentena llegaría a su fin el próximo 30 de junio, menos de siete regiones: Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash.

En estas, estará permitido el desplazamiento de las personas "únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas", de acuerdo con el decreto supremo divulgado ayer en la noche.

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Esto significa que en las demás regiones, incluida Lima, los ciudadanos podrán movilizarse libremente, inclusive los días domingos. El toque de queda regirá entre las 10 de la noche y las cuatro de la mañana.

Ciudadanos podrán salir a las calles los domingos. Créditos: Jaime Mendoza / La República.

Ciudadanos podrán salir a las calles los domingos. Créditos: Jaime Mendoza / La República.

En las siete regiones en donde la cuarentena se mantendrá, el toque de queda será desde las ocho de la noche hasta las cuatro de la mañana, mientras que el domingo será día de inmovilización total.

Cabe señalar que el estado de emergencia a nivel nacional se extenderá por un mes más, hasta el 31 de julio. Según el DS, en este periodo “queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio”.

Cuarentena focalizada

Es decir, luego de más de 100 días de cuarentena nacional –aunque quedaba claro que esta se había relajado, por la importante cantidad gente en las calles–, el gobierno del presidente Martín Vizcarra ha optado por una estrategia focalizada.

Esto además en el contexto en que la mayoría de proyecciones dan cuenta de que la economía peruana será una de las más golpeadas en el mundo.

Otras restricciones

Los menores de catorce años, así como las personas en grupos de riesgo como los adultos mayores de sesenta y cinco años y los que presenten comorbilidades, deberán mantener la cuarentena.

Los menores de edad podrán salir acompañados por un adulto a una distancia máxima de 500 metros de su domicilio, informó la ministra de la Producción, Rocío Barrios.

“Dejamos la inmovilización social obligatoria y pasamos al distanciamiento social obligatorio”, dijo.

Se mantienen limitaciones para salidas de niños durante emergencia nacional. Créditos: Carlos Contreras / La República.

Se mantienen limitaciones para salidas de niños durante emergencia nacional. Créditos: Carlos Contreras / La República.

Las fronteras seguirán cerradas

“Se encuentran suspendidos los desfiles, fiestas patronales, actividades civiles y religiosas, así como todo tipo de reunión, evento social, político, cultural u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas, que pongan en riesgo la salud pública”, precisa el decreto. También continúa suspendido el transporte internacional de pasajeros.

El decreto supremo

El Decreto Supremo 116-2020 señala que la cuarentena se levantará desde el 1 de julio del 2020, pero se mantendrá el estado de emergencia y el toque de queda.

Decreto cuarentena focalizada

Decreto cuarentena focalizada

¿Qué es el coronavirus?

De acuerdo a la pagina web del gobierno, “la COVID‑19 es la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus que se ha descubierto más recientemente. Tanto este nuevo virus como la enfermedad que provoca eran desconocidos antes de que estallara el brote en Wuhan (China) en diciembre de 2019. Actualmente el COVID‑19 es una pandemia que afecta a muchos países de todo el mundo”.

Coronavirus en Perú: estadísticas

¿Qué es el estado de emergencia?

El estado de emergencia es un régimen de excepción. Este concepto hace referencia a aquellas “competencias de crisis” que la Constitución otorga al Estado con el carácter de extraordinarias con el fin de que pueda afrontar hechos, sucesos o acontecimientos que, por su naturaleza, ponen en peligro el normal funcionamiento de los poderes públicos o amenazan la continuidad de las instituciones estatales y los principios básicos de convivencia dentro de una comunidad política.

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