Hipoteca inversa y pensiones
Una persona o sociedad conyugal, propietaria de un inmueble que esté libre de gravámenes, puede solicitar una hipoteca inversa.
Patricio Quintanilla Paulet
Rector U La Salle
Este sistema se crea por ley en marzo de 2018 y se reglamenta en septiembre del mismo año, pero, solamente la semana pasada, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) establece el sistema operativo y contable para esta alternativa financiera. El objetivo es generar ingresos a los adultos mayores, cuya pensión sea insuficiente para satisfacer sus necesidades y que no cuenten con otros recursos.
Una persona o sociedad conyugal, propietaria de un inmueble que esté libre de gravámenes, puede solicitar una hipoteca inversa, mediante la cual el banco o institución financiera otorguen financiamiento con esa garantía; el desembolso del crédito puede ser en una sola armada, una pensión a plazo determinado o una renta vitalicia, a decisión del cliente.
El monto del financiamiento depende del valor del inmueble, de la tasa de interés que se aplique y de la esperanza de vida de los titulares; esto último es importante en el caso de renta vitalicia. En este sistema, no se pagan cuotas del préstamo y se mantiene el usufructo del inmueble.
Al fallecimiento de los titulares, los herederos tienen dos opciones: asumen el saldo del crédito o la institución financiera vende el inmueble para recuperar el dinero prestado.
Sistemas de pensiones
Como es por todos conocido, en el Perú, tenemos dos sistemas de pensiones que operan en forma paralela y por los que el trabajador puede optar libremente.
El Sistema Privado de Pensiones está diseñado para que cada persona tenga una cuenta de capitalización individual, que se alimenta con aportes mensuales que provienen de un porcentaje de las remuneraciones, descontadas por el empleador y depositadas en la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP), la cual invierte estos recursos para generar rentabilidad, que incremente la mencionada cuenta individual.
Al llegar el momento de la jubilación, en principio a los 65 años de edad, el fondo se destina a generar una pensión por un periodo determinado, lo que le permitirá vivir adecuadamente a la persona, al menos en teoría. Otra opción es gestionar con una compañía de seguros una pensión vitalicia para el titular y su cónyuge de ser el caso.
Alternativamente, es posible afiliarse al Sistema Nacional de Pensiones. En este caso, los aportes de los trabajadores son administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP) como un fondo común solidario e intangible, con un monto de pensión máximo y mínimo.
En cualquiera de los sistemas, es posible acceder a una jubilación anticipada, pero con diferentes requisitos.
Conclusión
En muchos casos, el problema económico de los adultos mayores es muy grave por la ineficacia del sistema de pensiones, tanto público como privado, lo que les obliga a generar ingresos adicionales. La hipoteca inversa es una alternativa, que esperamos se concrete a la brevedad.