Política

Hermana de Josué Gutiérrez pierde en proceso de extinción de dominio y se queda sin motoniveladora

Vehículo valorizado en 220.000 dólares fue encontrado en una zona tributaria en la que Sunat no había autorizado su desplazamiento. En paralelo, Sara Gutiérrez Cóndor es investigada por presunto contrabando

Josué Gutiérrez presentó demanda de inconstitucionalidad contra la Ley de Extinción de Dominio. Foto: Carlos Contreras/La República
Josué Gutiérrez presentó demanda de inconstitucionalidad contra la Ley de Extinción de Dominio. Foto: Carlos Contreras/La República

La hermana del defensor Josué Gutiérrez, Sara Gutiérrez Cóndor, no pudo demostrar que la motoniveladora de la empresa que representa no fue usada para que se cometa el delito de contrabando, por lo que el Poder Judicial declaró fundada la demanda de extinción de dominio de la Fiscalía y ordenó que dicho vehículo pase a posesión del Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi). La República accedió a la sentencia del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de Huánuco.

Se trata de una motoniveladora marca Caterpillar 120K, cuyo valor asciende a 220.000 dólares, que fue incautada en el distrito ayacuchano de San Rafael, cuando el vehículo fue adquirido bajo los alcances de la Ley de Amazonía. Es decir, el vehículo únicamente podía desplazarse por determinadas zonas de la Amazonía que gozan de beneficios tributarios. El lugar donde fue hallada la motoniveladora no está contemplado en la norma ni mucho menos Sunat había autorizado el desplazamiento desde la zona tributaria especial a una zona tributaria común. Por este hecho es que la Fiscalía considera que se habría configurado el delito de contrabando.

La hermana del defensor del Pueblo dijo en defensa de su vehículo que este fue llevado a San Rafael para que se le suministre petróleo en un grifo de su propiedad. Sin embargo, el conductor del vehículo remolcador, donde se transportaba la motoniveladora, entregó a las autoridades las guías de remisión, documentos que revelan que el destino final era San Rafael.

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Junto a otros elementos presentados por el Ministerio Público, el Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de Huánuco determinó que el vehículo "no contaba con documentación aduanera que acredite que la representante de la empresa requerida haya solicitado la salida fuera de la zona y trasladarse a una zona común".

"La conclusión que arriba la judicatura es que la Fiscalía de Extinción de Dominio ha acreditado con estos medios probatorios la actividad ilícita de contrabando se vincula al bien como objeto de dicha actividad", concluyó el magistrado.

El juez dejó en claro que el proceso de extinción de dominio es autónomo al proceso penal que la Fiscalía Penal de Huánuco inició contra Gutiérrez Cóndor. En otras palabras, recuerda que no se necesita una sentencia previa en el proceso penal ya que no se ha evaluado si la hermana del defensor del Pueblo es culpable del delito de contrabando, sino que " el bien incautado es objeto de actividad ilícita".

El Juzgado también sostiene que Sara Gutiérrez Cóndor "no ha desarrollado un comportamiento diligente en la custodia de su maquinaria-motoniveladora marca Caterpillar", pese a que tiene la condición de gerente general de la empresa Multiservicios y Constructora JJJ Cruz. Esto, debido a que, durante el interrogatorio durante la audiencia, dijo desconocer información esencial, como la empresa que contrató para el traslado de su vehículo.

"No actúa con buena fe para evitar que el bien sea objeto de actividad ilícita, cuanto menos, mostrar un comportamiento diligente de realizar actividades de control: el conductor u operador no es trabajador de su empresa, le da amplia libertad para que opere con su bien a sabiendas que tiene beneficios tributarios y su uso tiene límites dentro de una determinada ubicación territorial que está sujeto a régimen especial, autoriza que estos traslados de su maquinaria sean de manera informal, sin asumir responsabilidades, bajo el solo argumento de su desconocimiento y atribuyendo responsabilidad al chofer u operador, quién no es trabajador de su empresa", se lee en la resolución.

Esta sentencia fue notificada el último lunes 2 de setiembre, por lo que Sara Gutiérrez Cóndor tiene un plazo de 10 días hábiles para presentar el respectivo recurso de apelación. De impugnarse el fallo, el caso sería elevado a una sala especializada en extinción de dominio.