JNE considera inviable PL de Renovación Popular para que actas electorales sean entregadas a Fuerzas Armadas
El dictamen, que se encuentra ahora en la comisión de Constitución, fue planteado por el congresista José Cueto y dispone modificar la Ley de Elecciones para incluir al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas como uno de los receptores de las actas.
Tras la presentación del Proyecto de Ley n.° 3955/2022-CR ante la comisión de Constitución del Congreso, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) consideró en una reunión del Pleno que este predictamen sería inviable. La propuesta, planteada por el legislador José Cueto, de la bancada de Renovación Popular, consiste en que se entregue el acta electoral al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y, para ello, pide la modificación de la Ley Orgánica de Elecciones. Ante ello, el JNE emitió su opinión técnica sobre la iniciativa, a la que calificó como inconveniente.
El organismo autónomo reiteró en su comunicado que dicha opinión va en la misma línea de la que fue emitida cuando se aprobó la Ley n.° 28581, en la que se precisaba: "No resulta conveniente que un número de electores tenga en su poder un material electoral crítico para el cómputo de votos".
¿En qué consiste el proyecto de ley de José Cueto y Renovación Popular?
Según el predictamen, la propuesta dispone modificar dos artículos de la Ley Orgánica de Elecciones. El primero sería el 291, en el que se indican la cantidad de ejemplares de actas electorales y a qué organismos deberían ser distribuidas.
En esta modificación se propone que no sean cinco, sino seis las instituciones receptoras del acta electoral, incluyendo al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas "a través del oficial o personal responsable designado para tal fin". Ello se plantea pese a que dicha entidad no debería ser deliberante en casos de votaciones.
La segunda se da en el artículo 300 de la misma norma, en la que se señala cómo hacer llegar este documento hacia las autoridades de las FF. AA.
"El ejemplar del acta electoral dirigido al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas se introduce en un sobre específicamente destinado para ese fin. En este mismo sobre, se anota el número de mesa. En el interior de este sobre, se insertan también las cédulas escrutadas no impugnadas, debiendo necesariamente constar los que la mesa resolvió después de concluido el escrutinio", se lee.
No obstante, anteriormente esta medida estaba precisada en el artículo 299, pero incluía a la Policía Nacional del Perú, a la que se le retiró de dicha función mediante la Ley 28581.
Asimismo, en las modificaciones al artículo 300 también se indica que el presidente de mesa ya no sería quien destruya las cédulas no impugnadas o escrutadas, sino que estas pasarían a ser "almacenadas en instalaciones de las Fuerzas Armadas", al menos hasta que concluya el proceso electoral con la proclamación de los resultados para que luego estos sean deshechos.
Un proyecto de ley que busca dar peso a la teoría del fraude
Esta sería una más de las normativas impulsadas por la bancada de Renovación Popular, que es conocida por apoyar abiertamente la teoría del fraude, y cuyo discurso fue incluso llevado a la investigación a cargo del parlamentario Jorge Montoya, quien elaboró un informe que fue rechazado por el pleno del Congreso, en el que inculpaba a las autoridades del JNE y la ONPE de haber incurrido en dicho delito.
Con este cambio, se busca que las cédulas no impugnadas, que en la actualidad se destruyen, pasen a tenerse en reserva por las Fuerzas Armadas. Esta acción puede generar que los partidos políticos intenten proclamar más teorías de fraude en caso de que los resultados de los comicios no salgan conforme a su conveniencia.