Política

Tribunal Constitucional rechaza casos que desnaturalizan el habeas data

Decisión. Al comprobar que las demandas en serie de un grupo de abogados solo buscaban del Estado el pago de costos.

Sentencias. Primeras resoluciones de nuevos magistrados. Foto: difusión
Sentencias. Primeras resoluciones de nuevos magistrados. Foto: difusión

Las salas Primera y Segunda del Tribunal Constitucional coincidieron unánimemente en desestimar una serie de demandas de habeas data interpuestas por un grupo de abogados, al comprobar que la finalidad de esas acciones era únicamente obtener el pago de costos procesales de parte de las entidades del Estado.

Ambas salas consideraron que, al interponer tal cantidad de demandas en serie a distintas entidades del Estado, solicitando información general e imprecisa, que supone crear información o que tiene una apariencia de legitimidad, los demandantes recargan indebidamente la actividad de la Administración Pública y evidencian un claro ejercicio abusivo del derecho, con el fin de cobrar los costos procesales.

Señalaron que el solo requerimiento de costos, negados por el Poder Judicial, no constituyen derechos beneficiarios de tutela constitucional.

Para el TC, este comportamiento de algunos abogados desvirtúa la finalidad garantista del proceso de habeas data, entorpece la impartición de justicia constitucional y genera un grave perjuicio económico al Estado. Por ello, desestimó las pretensiones y en algunos casos impuso multas a esos abogados.

Al respecto, el extribuno Eloy Espinosa-Saldaña dijo que la aplicación de una multa y hacer notar lo equivocado del desempeño es una alternativa interesante. Pero agregó que habría que ver si con esa alternativa de sancionar a quienes litigan en exceso y por gusto, se consigue que dejen de hacerlo.

Eloy Espinosa - Saldaña

Eloy Espinosa - Saldaña

“Como idea es plausible, que se sancione a quien litigue sin tener elementos reales. Habrá que ver qué eficacia tiene en el tiempo y que los malos litigantes cambien de criterio”, comentó Espinosa-Saldaña.

La clave

Señal. “Se deberá tener cuidado en determinar cuándo estamos en una situación de discrepancia y cuándo estamos ante una mala intención de litigar. Por eso es bueno tener el voto de los tres magistrados y opiniones unificadas en las salas o en el Pleno”, opinó Espinosa-Saldaña.