Drástica condena. Tribunal resolvió que el MRTA es terrorista y no revolucionario. Dispone que sentencia se cumpla en un penal del INPE, fuera de la Base Naval. Líderes sediciosos apelan el veredicto. 1. Polay y sus compañeros señalaron que el tribunal no reconoció que ellos pidieron perdón al pueblo peruano. 2. Otilia de Polay señaló que los corruptos reciben penas menores. Haga click en la imagen para ver a Comité ejecutivo del MRTA. Otras condenas Gabriel Vásquez Araguren. 20 años. Vence el 8/6/2012 Américo Gilvonio Conde. 20 años. Vence el 9/6/2013 Emilio Villalobos Alba. 20 años. Vence 9/4/2014 Fernando Martínez Sánchez, 18 años. Vence 5/8/2012 Nancy Madrid Bonilla, 18 años. Vence 13/4/2012 Édgar Chahua Damián. 18 años. Vence 13/4/2010 Max Rodríguez García. 15 años. Vence 17/3/2015 DRÁSTICA CONDENA • Tribunal resolvió que el MRTA es terrorista y no revolucionario. • Dispone que sentencia se cumpla en un penal del INPE, fuera de la Base Naval. • Líderes sediciosos apelan el veredicto. César Romero. Los cinco principales jefes del MRTA, encabezados por Víctor Polay Campos apelaron la sentencia, insistiendo en que son revolucionarios y no terroristas. Sus familiares, presentes en la audiencia, los aplaudieron y luego criticaron la severidad de los jueces. Probablemente, las víctimas del terrorismo hubieran querido que los condenen a cadena perpetua. Sin embargo, por lo que se escuchó en la sentencia, los magistrados Pablo Talavera, Jimena Cayo y David Loli les pusieron las más altas penas permitidas por la Ley Penal. Polay y el subjefe del MRTA, Miguel Rincón, fueron condenados a 32 años, Lucero Cumpa a 28 años, Péter Cárdenas a 25 años y Alberto Gálvez a 23 años de prisión, como los principales responsables de las acciones del MRTA. Otros siete militantes fueron condenados a penas entre 15 y 20 años de prisión y se reservó el juicio a nueve prófugos, como Luz Padilla, Rodolfo Kleinz Samanez y Hugo Avellaneda. En tanto, fueron absueltos el ex director de la revista Cambio, Walter Palacios Vinces, Sonia Cuentas y Rosa Salas León, al establecerse que no integraron el MRTA. Teodora Rodríguez también fue exculpada en este juicio, pero cumple una pena de 18 años por otros casos. Terror revolucionario La sentencia se leyó en la sede judicial de la Base Naval del Callao. El veredicto comenzó reconociendo que el MRTA nació con objetivos políticos altruistas a inicios de los años 80, entre militantes del MIR y el Partido Socialista Revolucionario, pero que rápidamente viró a la violencia. Los jueces explicaron que el MRTA no puede llamarse revolucionario y ampararse en el derecho de insurgencia porque esto supone enfrentarse a un gobierno usurpador, pues al iniciar sus acciones había un régimen elegido democráticamente. En este sentido –subraya el veredicto– si bien el MRTA no arrasó pueblos o realizó matanzas masivas, si efectuó actos de terrorismo como las ejecuciones del ex ministro de defensa Enrique López Albujar y el secuestro de empresarios en las llamadas "Cárceles del Pueblo", y ataques con coches bomba. Los jueces indicaron que en este caso no se podía aplicar la cadena perpetua porque la mayoría de los acusados fueron detenidos antes de su vigencia. No obstante, la Fiscalía no probó que siguieran dando órdenes desde las cárceles. Además, dispusieron que la condena se cumpla en un penal de máxima seguridad administrado por el INPE y no en una base militar. También se dispuso que se investiguen las torturas a Lucero Cumpa al ser detenida en la Dincote. La condena será revisada por la Sala Penal de la Corte Suprema