Política

JNJ evalúa suspender por seis meses al juez Carhuancho por cantar en un evento y dictar conferencias

El abogado Juan Monroy Gálvez defendió al juez ante el pleno de la JNJ. La defensa asegura que los cargos no tienen sustento legal.

Al juez Concepción Carhuancho se le atribuyen cuatro cargos. Entre ellos, cantar en un evento jurídico.
Al juez Concepción Carhuancho se le atribuyen cuatro cargos. Entre ellos, cantar en un evento jurídico. | Composición/LR

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) evalúa suspender por seis meses al juez de investigación preparatoria Richard Concepción Carhuancho. La institución liderada por María Teresa Cabrera investiga al magistrado por cuatro presuntas faltas a la carrera judicial: mostrar la fotografía de Nicanor Boluarte durante una charla virtual, pedir que se elimine ese fragmento del video en internet, dictar conferencias en institutos no universitarios y cantar Triciclo Perú en un festival cultural.

El abogado de Concepción Carhuancho, Juan Monroy, calificó la posible sanción como una medida desproporcionada. La defensa explicó que la ley exige razones muy graves para apartar a un juez de su cargo. Según el académico, los cargos presentados por la JNJ carecen de sustento legal.

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La diapositiva de Nicanor Boluarte y el pedido para borrar el video

El primer bloque de cargos contra el juez se basa en una charla virtual del año 2024. Concepción Carhuancho proyectó la imagen de Nicanor Boluarte durante su exposición. Tiempo después, el magistrado solicitó la eliminación de ese video en internet y recordó al Pleno que la Autoridad Nacional de Control ya archivó este caso.

Sobre estos hechos, la defensa señaló que nadie puede ser castigado dos veces por el mismo error. "La proyección de esa imagen soporta el ne bis in idem [no ser juzgado dos veces por lo mismo], ya no se puede sustentar una alegación posterior, entonces no puede haber infracción", indicó Monroy.

Cargo por dictar conferencias en institutos no universitarios

La segunda acusación cuestiona las conferencias del juez en institutos privados. La JNJ señala que estas instituciones no tienen rango universitario. La defensa respondió que las normas actuales permiten brindar charlas a título personal. Además, el abogado criticó que la JNJ intente aplicar una advertencia del 2025. Monroy Gálvez aclaró el marco legal del investigado ante el tribunal:

"...la ley de carrera judicial, presidenta, señores miembros de la junta, autoriza a conferencias a título personal y no restringe ni especifica el tipo de institución...".

Cargo por cantar 'Triciclo Perú' en un festival cultural

El tercer cargo acusa al magistrado de dañar la imagen del Poder Judicial por cantar en un festival. El juez interpretó una canción durante un evento académico y cultural en diciembre de 2025. El abogado defensor afirmó que el arte forma parte de la libertad de expresión de toda persona. Monroy Gálvez aseguró que ninguna ley prohíbe esta actividad a los jueces.

"¿En dónde está el enunciado normativo que regula que un juez participe cantando, no exponiendo sino cantando, es incompatible con su función jurisdiccional? No la hay, y si no la hay, no puede haber sanción", señaló.

La defensa afirmó que el proceso era un escándalo exagerado. El abogado Monroy Gálvez usó la frase del "cañoncito de don Ramón", una historia peruana sobre un juguete que anunciaba castigos severos, para criticar que la JNJ busque una sanción tan grave por faltas tan pequeñas. Además, el letrado reiteró que la suspensión carece de validez.

"Todo esto que les he escrito en la hipótesis que yo haya faltado a la verdad y que no se debe pues cantar, un juez no debe cantar en una ceremonia... ¿eso es suficiente para determinar que haya seis meses de suspensión? (...) Creo que aquí hay una dosis elevada (...) de arbitrariedad".

Los magistrados de la Junta Nacional de Justicia dieron por concluida la sesión y el tribunal evaluará los argumentos expuestos antes de emitir su decisión final.

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