JEE concluye que César Acuña habría vulnerado la neutralidad electoral cuando bailó con militantes de APP
El Gobernador de La Libertad es acusado de realizar propaganda electoral el pasado 13 de julio al bailar con militantes de APP delante de un cartel que decía "Acuña Presidente".
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El informe N° .000178-2025-VCR-JEE del Jurado Electoral Especial de Chiclayo concluyó que César Acuña, gobernador de La Libertad, habría violado el principio de neutralidad electoral al realizar propaganda y proselitismo mientras bailaba junto a militantes de Alianza para el Progreso (APP) delante de un cartel que decía "Acuña Presidente". Su accionar es realizado cuando aún cumple las labores de gobernador regional.
El oficio descibe el video donde fue captado Acuña Peralta. En este se le observa encima de un estrado junto a un grupo de personas vestidas con polos y gorros de color azul y con el símbolo de su partido político Alianza para el Progreso. En la parte posterior del estrado aparece un cartel con la inscripción: "Compromiso con el Perú, Acuña presidente", acompañado a un logo tamaño gigante de la agrupación política.
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Conclusión del informe del JEE. Foto: X
En el video, que fue difundido por el portal Epicentro, César Acuña también fue grabado junto a Yessenia Lozano Millones, a quien hace llamar su hija política y que fue sancionada recientemente por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) por tener un cuadro del líder de Alianza Para el Progreso en su oficina del Congreso.
El informe recomienda que sea remitido al Jurado Electoral Especial de Chiclayo para que procedan conforme a sus atribuciones y a la normativa vigente.
Rafael López Aliaga y Renzo Reggiardo habrían hecho proselitismo
Un informe del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 indicó que habrían vulnerado el principio de neutralidad al participar en eventos donde se promocionaba el partido Renovación Popular y lo que sería la campaña del alcalde de Lima como candidato presidencial.
De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones, en su artículo 346, literal b, establece lo siguiente: “Está prohibido a toda autoridad política o pública practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido o candidato”. Este artículo es citado en los informes dirigidos contra López Aliaga y Reggiardo. Asimismo, se recogen diversos momentos en los que el teniente alcalde y López Aliaga promovieron al partido celeste al que pertenecen, aprovechando sus funciones dentro de la gestión municipal.






















