El Tribunal Constitucional puede perturbar todos los procesos penales al resolver el caso Cócteles
Por primera vez, los magistrados del Tribunal Constitucional podrían revisar la calificación jurídica que la fiscalía realiza de determinados hechos ilícitos antes de que exista una sentencia del Poder Judicial.
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El análisis y los resultados de la evaluación que realiza el Tribunal Constitucional, desde el 27 de mayo último, sobre el proceso seguido a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori por lavado de activos con agravante de organización criminal, puede alterar o perturbar todos los procesos penales en trámite, más allá del caso específico, advirtieron fuentes judiciales.
La abogada defensora Giulliana Loza pidió al TC que determine si la fiscalía ha realizado una correcta calificación de los presuntos hechos delitos atribuidos a Fujimori. Loza considera que la fiscalía no actúa con objetividad y realiza una mincorrecta aplicación de la ley, pues en los años en que ocurrieron los eventos, 2010 y 2011, no existía el delito de lavado de activos por aportes a partidos políticos.
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Además, argumenta que no había manera de que conociera que Odebrecht había cometido algún delito, que en los aportes de empresarios peruanos no hay fraude en la administración de persona jurídica, que el partido político Fuerza Popular tiene un objetivo político legal y que tampoco existía el delito de organización criminal, cuando ocurrieron los hechos que se investiga.
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Por su parte, la procuraduría consideró que todo lo que se solicita requiere ser probado y, a la fecha actual, no existe una amenaza cierta a la libertad y los derechos de Fujimori, pues en teoría la fiscalía podría retirar la acusación en su contra, por lo que no hay motivo que justifique la intervención del máximo organismo de control constitucional.
Cuestión probatoria

Abogada Giulliana Loza, a cargo de la defensa de Keiko Fujimori
En medio de los alegatos y, sobre todo, a partir de las preguntas de los magistrados, César Ochoa Cardich, Gustavo Gutiérrez Ticse y Pedro Hernández Chávez se discutió mucho de los aspectos probatorios del caso. Entre ellos: los procesos de colaboración de Odebrecht, reuniones no públicas para recibir dinero, aportes simulados o falsos, existencia del delito previo, financiamiento de partidos político, que siendo trascendentes para el caso, no son relevantes para esta demanda.
Además, son aspectos que ya se han discutido ampliamente a nivel judicial desde que comenzó el caso Lava Jato. La opinión uniforme en la Corte Suprema y, en el mismo TC, es que estos temas deben definirse al momento de la sentencia o con posterioridad al veredicto de los jueces penales.
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Por eso, lo interesante de este proceso de hábeas corpus es lo que precisó el magistrado Francisco Morales Saravia: El Tribunal Constitucional se va a pronunciar por primera vez - si decide hacerlo- sobre la tipificación o calificación jurídica de los presuntos hechos ilícitos antes de que exista una sentencia. En este caso, incluso antes que se desarrolle un juicio público.
Ahora, si bien una sentencia de hábeas corpus tiene aplicación directa al caso concreto sobre el que se pronuncia, marcará un antes y un después en los procesos penales, pues si se admite la demanda generará una importante jurisprudencia.
Para otros casos

Francisco Morales Saravia, magistrado del Tribunal Constitucional
Otros procesados también podrán cuestionar, pedir y exigir no solo al TC, sino también al Poder Judicial y al Ministerio Público que revisen y se pronuncien desde el inicio de una investigación sobre la correcta aplicación o calificación de la descripción de un delito.
Si bien, como subrayó Morales, un pronunciamiento en este sentido no supone que Fujimori sea inocente o culpable, si permitirá que el caso se resuelva sin esperar la sentencia y que el cuestionamiento penal se desvanezca y eso, en el caso de un político, ad portas de una campaña electoral, es todo.
Los alcances de una decisión en este sentido van a depender del razonamiento y hasta dónde pueden llegar los magistrados del TC. El tribunal podría darle la razón en todo y concluir que el Ministerio Público no realiza una calificación objetiva y real y, por tanto, ordenar que todo el caso Cócteles pasé al archivo.
Otra posibilidad es que solo le de la razón en parte o, incluso, que rechazase el hábeas corpus, pero en el razonamiento dar una serie de pautas para forzar al fiscal del Equipo Especial Lava Jato, José Domingo Pérez, a tener que razonar en determinado sentido: a favor del razonamiento de la defensa de Fujimori.
Una serie de detalles clave
Algunos de los aspectos que más se discutieron en la audiencia que se realizó el martes, 27 de mayo, fueron los referidos a la ley vigente al momento de las campañas electorales en que Fuerza Popular y Keiko Fujimori habrían recibido los aportes ilícitos y buscado ocultar su procedencia.
Giuliana Loza señaló que el delito de lavado de activos en la modalidad de receptación de aportes a campañas políticas recién apareció en noviembre del 2016 y, por tanto, los hechos ocurridos el 2010 y mayo 2016 eran anteriores y quedaban fuera de la norma.
Lo mismo ocurre con el agravante de organización criminal que recién se estableció el 2022, pero que la fiscalía considera que si se puede aplicar a hechos del 2010 y 2016 pues no se trata de un delito nuevo sino sólo de un cambio de identidad del delito: asociación ilícita.
Peligro para la libertad

Keiko Fujimori podría librarse del proceso sin pasar a juicio público
Un aspecto trascendente para que un hábeas corpus sea acogido por el Tribunal Constitucional es la existencia de un riesgo inminente a la libertad del beneficiado, en este caso Keiko Fujimori.
Al respecto su abogada, Giulliana Loza recordó que la lideresa de Fuerza Popular estuvo 475 días privada de su libertad que viene cumpliendo comparecencia con reglas de conducta y que existe una alta probabilidad de que el fiscal insista con la acusación de 30 años de prisión.
Por su parte, la procuradora del Poder Judicial señaló que en este momento no existe ningún riesgo para la libertad de Fujimori, luego que el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional declaró la nulidad del juicio y el caso ha regresado para una nueva reevaluación del Ministerio Público, por lo que existe la posibilidad teórica de que la fiscalía archive el caso y retire la acusación.



















