Política

Comisión de Constitución aprueba nuevo dictamen para que sentenciados por terrorismo y TID no puedan postular

La medida fue aprobada con 17 votos a favor. Incluye el impedimento de ejercer la función pública.

Esta prohibición incluso se mantendrá diez años después de que estas personas hayan sido declaradas rehabilitadas.  Foto: Congreso
Esta prohibición incluso se mantendrá diez años después de que estas personas hayan sido declaradas rehabilitadas. Foto: Congreso

Con 17 votos a favor, la Comisión de Constitución aprobó un dictamen para que no puedan postular a cargos de elección popular ni ser funcionarios aquellas personas condenadas a penas privativas de la libertad efectiva por la comisión de delitos como el terrorismo, tráfico ilícito de drogas, atentados contra la seguridad nacional y traición a la patria, así como delitos contra los poderes del Estado y el orden constitucional.

De ser aprobado este impedimento se mantendrá incluso diez años después de que estas personas, condenadas en calidad de autores, cómplices o instigadores, hayan sido declaradas rehabilitadas.   

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Se trata de un proyecto que había sido discutido en junio en el Pleno. En el debate no se llegó a ningún acuerdo. La lista de delitos que los legisladores empezaron a proponer como impedimentos para la postulación y el ejercicio de puestos públicos incluía tipos penales de distinta gravedad. Por eso se pasó a un cuarto intermedio que ha durado hasta este mes.  

Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), presidente de la comisión, argumentó que con el dictamen se busca limitar el derecho a la participación política de quienes “hayan sido sancionados por delitos graves que atenten contra el orden constitucional y el sistema democrático y delitos pluri-ofensivos que por su naturaleza socavan las bases mismas de la democracia, como el tráfico ilícito de drogas y el terrorismo”.

A la iniciativa se le empezó a conocer como la “ley anti-Antauro” porque de ser promulgada impediría la postulación de Antauro Humala en las elecciones generales de 2026. El 31 de octubre, el Poder Judicial declaró la ilegalidad de la organización vinculada con Humala. Este ha dicho que apelará la decisión.

Sin embargo, Rospigliosi dijo que si la reforma constitucional procede le corresponderá al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) decidir si la aplica o no para los próximos comicios. Añadió que hay juristas que han advertido que la norma no sería retroactiva. Es decir, que no podría evitar la postulación de sentenciados previamente por los delitos considerados. “Esa ya es otra discusión”, declaró.   

Ahora el proyecto deberá pasar al Pleno. Por tratarse de una reforma constitucional, se necesitan dos votaciones calificadas (87) en dos legislaturas.  Tomando en consideración que hubo un consenso amplio en la comisión, se entendería que se ha llegado a un acuerdo entre las bancadas.

Asimismo, Alejandro Muñante (Renovación Popular) sustentó su proyecto para aumentar de 7 a 9 el número de magistrados en el Tribunal Constitucional. Argumentó que el alto número de causas que llegan a dicha instancia justifica la medida.

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