Ley Soto: los casos de presunta corrupción que los jueces archivaron aplicando esta norma
Diversos jueces han usado la Ley 31751 para archivar casos de excongresistas e, incluso, evitar extradiciones.
El Congreso aprobó un dictamen para obligar a los jueces aplicar la Ley 31751, más conocida como 'Ley Soto', este 30 de mayo. La propuesta, impulsada por Perú Libre, fue aprobada con 67 votos a favor, 24 en contra y 15 abstenciones. De esta forma, el Parlamento aseguró que la cuestionada norma, que busca dotar de impunidad a personas investigadas en casos de corrupción, se fortalezca.
La ley, impulsada principalmente por el congresista Alejandro Soto, establece que la suspensión de la prescripción de la acción penal se acorta a un año. En términos prácticos, esto significa que ciertos delitos podrían prescribir más rápidamente, beneficiando a los acusados al impedir que sean juzgados.
Jueces archivaron más de 10 casos aplicando Ley Soto
Caso Latino Sur
De acuerdo con el periodista César Romero, los jueces Ricardo Brousset Salas, Susana Castañeda Otsu, Iris Pacheco Huancas, Iván Guerrero López y Walter Cotrina Miñano aplicaron la Ley 31751 al resolver un recurso de nulidad planteado por Olinda Porras Romo, Luis Alburqueque Yeovanny y Juan Carlos Morales Velásquez, acusados y condenados en primera instancia por delito de falsedad ideológica en agravio de la empresa Latino Sur SAC.
A estas personas la Fiscalía les atribuyó un delito que se había cometido hasta abril del 2010, por lo que se consideró que el plazo máximo que tenía el Estado para condenarlos era de 12 años, más un año de suspensión por acciones judiciales en otro proceso, en aplicación de la ley Soto, por lo que el caso prescribió en abril del 2023.
Sin la ley Soto, el caso habría prescripto en julio del 2024 y la Corte Suprema habría podido confirmar las condenas impuestas.
Caso Urtecho: 8 casos fueron archivados por prescripción
La ley Soto también se aplicó en la sentencia dictada al excongresista Wilson Michael Urtecho Medina y su pareja, Claudia Gonzales Valdivia, por los jueces supremos Víctor Prado Saldarriaga, José Neyra Flores e Inés Villa Bonilla.
Con la suspensión fijada en solo un año, se archivaron por prescripción ocho de los múltiples casos ilícitos que la Fiscalía les atribuyó y pudo demostrar. Urtecho y Gonzales fueron condenados a 22 y 28 años de prisión, respectivamente, por delitos de enriquecimiento ilícito, concusión, apropiación ilícita y peculado, los cuales conllevan penas mayores.
La pena para ambos pudo ser mayor, pero se consideró que la suspensión de la prescripción era de máximo un año.
Igualmente, esta norma impidió que se apruebe un pedido de extradición a argentina de la ciudadana Ernestina Fuentes Flores, acusada de haber cometido los delitos de peculado y falsificación de documentos, que habrían ocurrido el 17 de setiembre de 1996.
Fuentes Flores fue absuelta en una primera sentencia emitida en agosto del 2000, que fue anulada por la Corte Suprema. La acusada evadió la justicia y en el segundo juicio se le declaró reo contumaz, situación que había perdurado hasta la actualidad.
La sentencia que aplica la mencionada ley, deniega el pedido de extradición y archiva el caso está firmada por los jueces supremos César San Martin Castro, Manuel Luján Túpez, Paloma Altabás Kajatt, Iván Sequeiros y Norma Carbajal Chávez.