Congreso: flexibilizan filtros para elevar el número de parlamentarios con una ley orgánica
Con la aprobación del retorno a la bicameralidad, en el 2026, el Congreso —con doble cámara— pasaría a contar con 190 integrantes, cifra que podría ser incrementada con una ley orgánica.
La aprobación del proyecto de reforma constitucional del retorno a la bicameralidad —el cual se ejecutará desde el 2026— trae consigo una serie de modificaciones respecto al número de integrantes que tendrá el Poder Legislativo para el siguiente periodo. Al ser un Congreso con dos cámaras, este incrementará el número de sus representantes. Se estableció que la de senadores estará compuesta por 60 personas y la de diputados por 130. Con ello, el número de parlamentarios pasaría de 130 (número que rige en la actualidad) a 190, lo cual representa un aumento en el presupuesto del Estado que se requiere para el funcionamiento de esta institución.
En las disposiciones complementarias del proyecto del retorno a la bicameralidad, se establece que el financiamiento de la implementación de las cámaras legislativas “se financia con cargo al presupuesto institucional del Congreso de la República, sin que sobrepase el 0,6 del Presupuesto General de la República”.
Foto: proyecto para el retorno de la bicameralidad
Esto quiere decir que se establece que el Congreso, para poner en operación las dos cámaras, puede demandar como presupuesto económico hasta el 0,6% del Presupuesto General de la República.
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A fines de noviembre del 2023, el Pleno aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, el cual contemplaba un incremento de alrededor de S/15.000 millones para los Gobiernos regionales y locales en comparación con el presupuesto del 2023, por lo que se fijó el monto en S/240.000 millones 806. Si tomamos este monto como último punto de referencia, el Congreso —en el 2026— podría demandar hasta el 0,6% de ello; es decir, S/1.444 millones.
Si se toma como referencia el presupuesto del Congreso de la República para el pasado año 2023, este se fijó en S/929 millones. En tanto, la diferencia entre lo que podría exigir el Parlamento para la implementación de las dos cámaras con lo que habitualmente se gasta podría superar los S/500 millones.
Este es un significativo gasto que saldría de bolsillo de los peruanos para financiar sueldos y beneficios de congresistas, así como de los trabajadores parlamentarios y todo el aspecto logístico.
No solo serían 190, podrían aumentar
El proyecto de retorno a la bicameralidad —el cual acumula hasta 18 iniciativas presentadas por diversos legisladores— plantea una serie de modificaciones al artículo 90 de la Constitución Política del Perú, que delimitan cómo operarán las dos cámaras desde el 2026.
Una de ellas se encuentra en el título IV (de la estructura del Estado), capítulo I (Poder Legislativo), e indica que el número de senadores y el de diputados podrá ser incrementado mediante una ley orgánica, sin requerir que esto se realice vía reforma constitucional. Esto flexibilizaría los mecanismos dentro del Parlamento para aumentar el número de integrantes, el cual acaba de pasar de 130 a 190.
Foto: proyecto para el retorno de la bicameralidad
Al respecto, la expresidenta del Congreso de la República, Mirtha Vásquez, indicó —en diálogo con La República— que este apartado del proyecto resulta peligroso porque deja una puerta abierta a que indiscriminadamente un Parlamento eleve el número de representantes en el Legislativo amparándose en una falta de representación de la población. Recordó que se utilizó esta iniciativa para aprobar de manera soterrada la reelección congresal para beneficio de quienes impulsaron la reforma constitucional.
“Hay un artículo que establece que el número de senadores y de diputados va a poder aumentarse solamente por una ley orgánica, ni siquiera se va a tener que recurrir a la modificación de la Constitución. Cuando quieran, esta clase política, que se está apoderando del país, va a poder aumentar su representación —de ellos mismos porque no representan al país— y esto es una ventana peligrosa”, declaró.
Con la modificación, el artículo 90 de la carta magna, se introduce un apartado en que se genera un procedimiento constitucional para modificar el número de miembros del Parlamento bicameral: “El número de senadores puede ser incrementado mediante ley orgánica”. Lo mismo para el caso de la otra cámara: “El número de diputados puede ser incrementado mediante ley orgánica en relación con el incremento poblacional”.
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Antes, el artículo 90 solo contemplaba que el número de legisladores era de 130 y, para modificarse, se tenía que recurrir a un proceso de reforma constitucional: “El número de congresistas es de 130. El Congreso de la República se elige por un periodo de 5 años mediante un proceso electoral organizado conforme a ley”.
Foto: Constitución
En cuanto a ello, el constitucionalista y experto en temas parlamentarios César Delgado Guembes indicó que, efectivamente, “serán más sencillo” con el Congreso bicameral apruebe cambios sobre el número de senadores o diputados, dado que se ha flexibilizado los mecanismos.
La última vez que se elevó el número de parlamentarios fue en el 2009 a través del Proyecto de Ley 29402, el cual modificó el artículo 90 de la carta magna. En esa ocasión, solo se cambió el número de integrantes del Legislativo, pasaba de 120 a 130. Esto se hizo efectivo a partir del 2011 a través de un proceso de reforma constitucional.
Uno de los principales cambios es que aprobar una ley orgánica requiere un proceso menos engorroso al requerir una sola votación que supere por un voto la mitad del número legal de miembros del Congreso.
En cambio, aprobar una reforma constitucional implica una doble votación con el voto de los 2/3 del Parlamento o ir por el otro camino que es una superior a 66 y que la iniciativa sea ratificada vía referéndum.
Un motivo para argumentar en el futuro la necesidad de incrementar el número de legisladores puede ser por un tema de representación vinculada a temas de crecimiento poblacional: “Principalmente, por razones demográficas, de aumento poblacional, en el caso de la Cámara de Diputados”, dijo el experto consultado.
Cada congresista recibe mensualmente más de S/25.000
En tanto, el sueldo básico de un congresista es de S/15.600 soles mensuales, el cual con descuentos puede llegar a los S/10.200. A eso se suma el monto por concepto de “asignación por desempeño de función congresal”, establecido en el artículo 22, literal f, del reglamento del Parlamento.
El monto mensual que no es fiscalizado alcanza los S/7.617. Adicionalmente, se entrega el bono por función de representación que es de S/2.800. La suma final llega a los S/26.017.
Aparte del salario de los congresistas, se estima que el Parlamento cuenta con más de 3.000 trabajadores, cada uno de ellos con una remuneración que puede ir desde los S/1.473 (un coordinador nivel 1) hasta un asesor principal con un sueldo de hasta S/8.096 (nivel 9). Estos puntos serán claves cuando se aborde eventualmente la posibilidad de aumentar el número de legisladores.