RMP sobre votación del informe final: "El ataque a la JNJ podría ser letal para el Congreso"
La abogada explicó que si los parlamentarios destituyen a los magistrados de la JNJ podrían incurrir en el delito de sedición o desobediencia a la autoridad.
Este 8 de noviembre se iba a realizar el informe final del Congreso contra la Junta Nacional de Justicia (JNJ), sin embargo, la votación fue reprogramada. Respecto al caso, Rosa María Palacios, en su programa 'Sin guion', analizó cuáles serías las consecuencias penales para los parlamentarios si es que, en un futuro, destituyen a los magistrados de la JNJ.
En ese sentido, la abogada calificó que esta acción "es un ataque que por sus características puede ser letal para el Congreso de la República".
Asimismo, remarcó: "No existe un juicio político contra los miembros de la JNJ, un miembro de la JNJ no puede ser destituido sin causa, a diferencia de un ministro de Estado que es censurado por el Congreso o la revocatoria de un mandato que por voto popular se revoca. Esas figuras no son aplicables ni a los miembros del BCR, ni a los miembros del Tribunal Constitucional ni a los de la JNJ porque sus poderes emanan de la propia constitución. Hay que tomar una decisión jurisdiccional, no política".
"El Congreso piensa que tiene un poder ilimitado"
El último 7 de noviembre, la Tercera Sala Constitucional concedió en parte la medida cautelar solicitada por los magistrados de la JNJ que ordena al Parlamento suspender provisionalmente todos los efectos del informe final; sin embargo, el Congreso decidió continuar con su investigación.
Al respecto, RMP indicó que esta decisión de parte de los parlamentarios, se debió a que ellos afirman que tienen una resolución del Tribunal Constitucional que les permite desobedecer resoluciones judiciales (dado en enero) que dictaba que no se puede parar con un amparo un proceso administrativo del Poder Legislativo, sin embargo, esto hacía referencia únicamente para el caso de elegir al defensor del pueblo, por lo que no tiene validez para el caso de la JNJ, además porque se está afectando el derecho de siete personas.
"Los señores del Congreso creen que su poder no tiene límites y, por lo tanto, lo que ellos dicen se hace y se acabó. Violan todo el principio de separación de poderes. El Poder Judicial claro que limita al Poder Legislativo, así está diseñado el sistema democrático: nadie tiene todo el poder. Si ellos deciden que hacen lo que les da la gana, mañana vana a decir que la PNP desaloje a los miembros de la JNJ porque ya los han destituido, la Policía no los puede tocar", anotó.
Posibles sanciones al Congreso
En ese marco, Rosa María explicó cuáles serían las leyes que el Congreso incumpliría en caso opte por destituir a los miembros de la JNJ: Artículo 368 (resistencia o desobediencia a la autoridad) y el Artículo 347 (Sedición).
Respecto al delito de resistencia o desobediencia a la autoridad, la letrada precisó que se daría en caso de que el poder legislativo decida destituir a los magistrados de la JNJ porque estarían incumpliendo la resolución judicial del Poder Judicial.
"El delito sería cometido en flagrancia por los señores congresistas y por ser un delito común no tenderían inmunidad parlamentaria, por lo que apenas destituyan a los magistrados, la Fiscalía debe iniciar la investigación respectiva y el Ministerio Público deberá denunciar a los parlamentarios por incumplir una resolución judicial", detalló.
En tanto, el delito de sedición se cumpliría si después de la destitución, el Congreso ordenara a la Policía Nacional del Perú retirar a los miembros de la JNJ de sus puestos de trabajo. Esto porque la sedición consiste en "alzarse en armas para evitar el cumplimiento de las leyes o resoluciones".
Por lo tanto, Palacios expresó: "Se les juzgaría (a los miembros del Congreso) por usar la fuerza pública para no reconocer el cumplimiento de una resolución judicial se rebelan contra el Poder Judicial sin tener amparo del Tribunal Constitucional".