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Política

Incumplir paridad ocasionará improcedencia en lista de candidatos para las regionales y municipales

El 2 de octubre del 2022 se llevarán a cabo las elecciones regionales y municipales. Las organizaciones políticas deben cumplir la aplicación de la paridad.

Primarias 2020. Del total de 1.641.788 militantes registrados en los partidos, solo fueron a las urnas 78 037, es decir, solo el 4,7%. Foto: La República
Primarias 2020. Del total de 1.641.788 militantes registrados en los partidos, solo fueron a las urnas 78 037, es decir, solo el 4,7%. Foto: La República

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que el incumplimiento de la paridad horizontal en la inscripción de fórmulas y listas de candidatos para las elecciones regionales y municipales ocasionará la improcedencia de todas las fórmulas presentadas por la organización política, de acuerdo con el reglamento aprobado.

La aplicación de la paridad horizontal es uno de los principales aspectos del reglamento de inscripción de fórmulas y listas de candidatos para las elecciones regionales y municipales 2022. Ello significa que del total de circunscripciones donde las organizaciones políticas presenten fórmulas de gobernador y vicegobernador, la mitad debe estar encabezada por una mujer, y la otra mitad por un hombre.

El documento precisa que si aritméticamente resulta imposible aplicar la paridad horizontal, debido a que el partido político presenta candidaturas en un número impar de circunscripciones regionales, se deberán presentar fórmulas encabezadas por mujeres y por hombres en cantidades tales que se diferencien por una circunscripción.

En tanto, la lista de candidatos a consejeros regionales debe estar integrada por el 50% de hombres y 50% de mujeres, ubicados intercaladamente: una mujer, un hombre o un hombre, una mujer (paridad vertical).

Asimismo, la nómina debe estar integrada por no menos del 20% de ciudadanos mayores de 18 años y menores de 29 años (cuota joven) y no menos del 15% de representantes de las comunidades nativas, campesinas y pueblos originarios para aquellas provincias en que existan (cuota nativa).

JNE establece fecha en solicitudes de inscripción

El reglamento establece, además, que las solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos de autoridades regionales se tramitarán hasta el 14 de junio de 2022 ante el Jurado Electoral Especial (JEE) ubicado en la capital del departamento.

La solicitud de inscripción se presenta obligatoriamente de manera no presencial, generando el expediente electrónico a través de la mesa de partes del Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes (SIJE). La opción para registrar la solicitud estará habilitada hasta la fecha límite.

Declaraciones juradas y plan de gobierno

El reglamento, aprobado por resolución n° 0942-2021-JNE, también contiene formatos como la declaración jurada de consentimiento de participación en las elecciones regionales y de la veracidad del contenido del formato único de declaración jurada de hoja de vida; declaración de no tener deuda de reparación civil; y Declaración de conciencia.

Asimismo, incorpora un formato para elaborar el resumen de plan de gobierno a fin de ofrecer a la ciudadanía la versión resumida o síntesis del plan de gobierno de las organizaciones políticas, como información indispensable para un voto responsable, así como para el seguimiento y evaluación del desempeño de la autoridad electa.

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