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Política

TC plantea declarar infundada la demanda contra el cierre del Congreso

Transparencia. Propuesta de fallo concluye que disolución del Parlamento fue válida pues si bien el Legislativo votó a favor de dar confianza al Ejecutivo, esta no se materializó porque no se cumplió uno de los pedidos. El documento se conoció ayer tras acuerdo del pleno para que sea publicado en la página web. También aprobaron, por unanimidad, que el inicio del debate, previsto para mañana, se transmita directamente.

Informe

El proyecto de sentencia del Tribunal Constitucional (TC) declara infundada la contienda competencial contra la disolución del Congreso que presentó el presidente de la Comisión Permanente del Parlamento, Pedro Oleachea.

Considera que el 30 de setiembre del año pasado, el Legislativo no otorgó la confianza por segunda vez al Ejecutivo, por lo que la decisión de cerrarlo que tomó el mandatario, Martín Vizcarra, fue válida y de acuerdo a la Constitución. Señala que la primera ocasión en que se negó la confianza al Gobierno se dio en setiembre del 2017, cuando no se respaldó al gabinete del premier Fernando Zavala.

Así lo señala la propuesta de fallo de 79 páginas, que por primera vez en la historia del TC se ha publicado antes de su debate, a fin de que la opinión pública conozca su contenido. Esto fue posible porque ayer el pleno del ente constitucional respaldó por unanimidad la recomendación de la presidenta del TC, Marianella Ledesma, de darle publicidad por tratarse de un caso emblemático. Además, se aprobó que la sesión de mañana, en la que los magistrados empezarán a debatir el documento, sea transmitida públicamente.

El ponente del caso, el tribuno Carlos Ramos Núñez, expresó su satisfacción con la decisión, al igual que su colega Eloy Espinosa-Saldaña. Ambos consideraron que esta medida contribuirá a la transparencia y fortalecerá la democracia.

Si bien se trata de un mecanismo piloto, de esta manera, se acaba con la cultura del secretismo que solo ha generado suspicacias y cuestionamientos.

Con esta decisión, la ciudadanía podrá conocer la posición de cada uno de los miembros del máximo intérprete de la Carta Magna.

Validez de la confianza

El proyecto de sentencia empieza reconociendo los principios de separación y el balance entre los poderes del Estado, así como los de cooperación y solución democrática.

Da cuenta de una sentencia previa en que el TC refiere que la cuestión de confianza es uno de los mecanismos que tiene el Ejecutivo, el cual puede ejercer de manera amplia, aunque no es un “cheque en blanco”.

Detalla que en este caso, la cuestión de confianza buscaba garantizar un proceso transparente para la elección de los nuevos magistrados del TC, para lo cual se presentó el Proyecto de Ley 4847-2019-PE de reformar el artículo 8 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, sobre el cual el entonces premier, Salvador del Solar, planteó la cuestión de confianza.

Asimismo, menciona que en la Política General del Gobierno publicada en mayo del 2018, establece como parte de sus lineamientos prioritarios asegurar la transparencia en las entidades y el fortalecimiento de las instituciones para la gobernabilidad. Declara que, en ese sentido, para el Ejecutivo era indispensable que la elección de magistrados del ente constitucional se conduzca con verdadera transparencia.

Y tras analizar los hechos que se produjeron, el ponente del caso expone que la presentación del proyecto mencionado “se encuentra dentro del ámbito de las competencias del Poder Ejecutivo” y no significa “alguna lesión de la Constitución”.

Negación fáctica

Una vez resuelto este punto, evalúa si hubo una negación fáctica de la confianza como argumentó el presidente Vizcarra para cerrar el Congreso.

En la propuesta de fallo se relata que si bien el expremier Del Solar presentó el proyecto de ley para transparentar la elección de los nuevos miembros del TC, advirtiendo que se hacía como cuestión de confianza, el Parlamento continuó con el proceso y dejó para la tarde el debate de lo planteado por el Ejecutivo.

“El Tribunal nota que, pese a la votación formalmente favorable al pedido de cuestión de confianza planteado, lo cierto es que materialmente no se cumplió con uno de los extremos solicitados. No se trató, ciertamente, de un accionar expreso materializado en un acto de votación en la sesión del Pleno del Congreso, pero sí de una forma manifiesta de no aceptar lo solicitado”, se lee en el punto 198 de la propuesta de fallo, que es el punto central de la discordia.

Es más, añade que Del Solar dijo que “se entendería denegada la confianza si es que se continuaba con la selección pese a los reiterados pedidos de suspender dicho acto”.

Por ello, la ponencia remarca que los parlamentarios que decidieron continuar con la elección actuaron con pleno conocimiento de los términos de la solicitud planteada por el premier. “De esta forma, este Tribunal concluye que el Poder Ejecutivo no ha obrado de una forma contraria a la Constitución en el presente caso”, argumenta.

Adicionalmente, agrega que la disolución del Congreso se llevó a cabo cuando el presidente de la República dio su mensaje a la nación, no cuando fue publicado el decreto en el Diario Oficial El Peruano. Añade que exigir que el mandatario juramente un gabinete antes de la disolución “podría llevar a la imposibilidad fáctica de realizarla posteriormente, lo que implicaría desnaturalizar, inutilizar y hasta eliminar la figura de la disolución del Congreso de la República de nuestro ordenamiento constitucional”.

El doctor Ramos sustentará su ponencia mañana ante los demás miembros del tribunal, tras lo cual comenzará el debate que por primera vez será transmitido públicamente.

Hasta donde se sabe, el proyecto de fallo cuenta con el respaldo de Ledesma, Espinosa-Saldaña y de Manuel Miranda. Del otro lado estarían Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero. Mañana se despejará la incógnita.

Reacciones

Marianella Ledesma -Presidenta del TC:

“No solo sería un tema exclusivo de los magistrados, sino muchas personas informadas podrán interesarse en leer la ponencia y escuchar luego el debate que se va a dar en el tribunal”.

Carlos Ramos Núñez- Magistrado ponente:

“Nosotros tenemos un debate el día jueves, que, además, será transmitido... No sé cuántas sesiones tomará, en todo caso la ciudadanía podrá ver el debate. Puede tomar una sesión, dos o más”.

Eloy Espinosa-Saldaña-Magistrado TC:

“Es un tema de transparencia. No quiebra ninguna reserva porque se trata de un proceso de carácter abstracto. Se fundamentó con informes de la CIDH, del relator de Naciones Unidas, entre otros”.

La ciudadanía puede ayudar a resolver crisis

El proyecto de sentencia presentado por el magistrado Carlos Ramos opina que “no es negativo” que ante una tensión política recurrente e insubsanable, como la que hubo entre el Congreso ahora disuelto y el Ejecutivo desde las elecciones del 2016, la ciudadanía pueda brindar “una suerte de veredicto respecto del futuro del país”, como se ha hecho con la convocatoria a elecciones.

“De hecho, es saludable que, en una democracia, se llame a las urnas a la población para renovar (o rechazar) la confianza depositada en las autoridades políticas. Sin embargo, un uso reiterado de esta institución podría despojarle de ese halo de excepcionalidad que ostenta, y, con ello, su utilidad”, alerta.

Agrega que nuestro sistema multipartidista no es el más propicio para poder identificar, con claridad, si el cierre del Parlamento fue lo más adecuado.

“Es un deber del electorado informarse adecuadamente respecto a las posiciones que los partidos políticos tengan sobre este asunto, a fin de que el resultado en las urnas pueda, de algún modo, reflejar la aprobación o rechazo de la medida”, insta el documento, exhortando a los ciudadanos a emitir un voto informado el próximo 26 de enero, a fin de contribuir a solucionar la tensión política.

Propuesta de sentencia

Ponencia reconoce validez del cierre del Congreso, al indicar que no se cumplió con todo lo solicitado en la segunda cuestión de confianza.

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Periodista de la sección Política del diario La República. Egresada de la universidad Jaime Bausate y Meza. Ganadora del Premio Periodismo y Derechos Humanos 2005 otorgado por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH). Escribe crónicas, perfiles y reportajes sobre hechos políticos y la violencia interna que vivió el país.