Política

Elecciones 2020: Gino Costa y Alberto de Belaunde fuera de carrera tras decisión del JEE

Candidaturas de los exparlamentarios fueron declaradas improcedentes por el Jurado Electoral Especial de Lima tras verificar que fueron designados fuera de la fecha establecida.

Gino Costa y Alberto de Belaunde de la lista del Partido Morado por Lima Metropolitana figuran entre la lista de personas cuyas candidaturas han sido declaradas improcedentes por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro con mira a las elecciones 2020.

Esta condición alcanza a los también candidatos José Elice Navarro, exoficial mayor del Congreso, Pepi Patrón Costa, Claudia Cornejo Mohme, Pedro Gamio, Leena Bermuy Quiroga, Daniel Olivares y Carlos Santibañez.

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) explicó que cuando una lista o candidatura individual es declarada improcedente, esto significa que el aspirante ya no podrá seguir en la carrera electoral. Sin embargo, cuando es señalada como inadmisible, esta puede subsanarse las observaciones y continuar con el proceso.

Designación fuera de fecha

Entre las razones del JEE para anular las candidaturas de los anteriores mencionados, está el que fueron designados el 13 de noviembre a pesar que la fecha máxima para este requisito era el 6 del mismo mes, de acuerdo al cronograma electoral del Jurado Nacional de Elecciones.

Falta de licencia

Así mismo, la institución electoral especifica que Gino Costa y Alberto de Belaunde no presentaron sus certificados de licencia del cargo como miembros de de la Comisión Permanente del Congreso disuelto.

Declaran inadmisible lista de candidatos de Partido Morado.

Declaran inadmisible lista de candidatos de Partido Morado.

Estas misma observaciones el JEE ha detectado en las postulaciones de Rosa Bartra y Nelly Cuadros, del partido Solidaridad Nacional; no obstante, no se les ha declarado como improcedente sino como inadmisible.

¿Qué sigue ahora?

Ante las observaciones identificadas, la entidad electoral declaró inadmisible la lista de los candidatos por Lima hasta que se subsanen los errores u omisiones señaladas.

El personero legal tendrá un plazo máximo de 2 días, desde la fecha de notificación, para presentar los documentos faltantes. De no hacerlo, la nómina se declarará también como improcedente.

Si las organizaciones políticas no presentan los documentos solicitados, el JEE emite una nueva resolución a favor de la admisión de la lista, dejando de lado a los candidatos con observaciones.

Las elecciones extraordinarias programadas para el 26 de enero del 2020 fueron convocadas por el presidente Martín Vizcarra, con el objetivo de elegir a nuevos miembros del Congreso de la República, luego de que el 30 de setiembre lo disolviera ante la crisis política.

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