Política

Gino Costa: “Al Tribunal Constitucional no se le puede pedir opiniones consultivas”

Entrevista con Gino Costa, congresista de la Bancada Liberal, miembro de la Comisión Permanente.

Cuestión de confianza
Cuestión de confianza

El congresista de la Bancada Liberal defiende la constitucionalidad de la decisión tomada por el presidente Vizcarra y explica por qué habría menos problemas cuando el Poder Ejecutivo tenga que lidiar con la Comisión Permanente de aquí al 2020.

La gente se despierta en Perú y escucha que, de pronto, tiene dos presidentes de la República. ¿Qué puntos son importantes para aclarar este panorama político tan complicado?

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Tenemos un solo presidente, Martín Vizcarra. Él ha obrado en el marco de la Constitución, y en la medida en que le denegaron la confianza disolvió constitucionalmente el Congreso, porque son dos gabinetes a los que ya se les ha denegado la confianza. Esto no es el 5 de abril del 92. En este caso el presidente ha actuado dentro de la Constitución y ha convocado a elecciones, no se va a perpetrar en el poder.

¿Qué es lo que sigue en este proceso después de la disolución del Congreso de la República?

Lo que queda en este periodo es el Congreso abierto, que se representa a través de una Comisión Permanente que tiene facultades muy limitadas, porque la tarea legislativa recae ahora, en estos cuatro meses y hasta que tengamos nuevo Congreso, en el Poder Ejecutivo.

¿El Poder Ejecutivo legisla ahora?

Sí. El Ejecutivo es el que legisla a través de decretos de urgencia. La Comisión Permanente ni siquiera los observa, simplemente los recibe y los comunicará al nuevo Congreso cuando este se instale luego de la elección, ya en marcha, de enero del 2020.

El presidente de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea, ha dicho a medios extranjeros que esto ha sido un golpe de Estado...

No hay ningún golpe de Estado en el Perú, está contemplado en la Constitución política que nos rige. El presidente Vizcarra ha dicho que no le dieron la confianza al presidente del Consejo de Ministros, entonces, procedió a disolver y convocar a elecciones. Esto no es acabar con el Congreso de la República.

¿La Comisión Permanente podría acudir al Tribunal Constitucional en busca de que se aclare la actual situación política?

Al Tribunal Constitucional no se le pueden pedir opiniones consultivas, se le presentan leyes que se consideran inconstitucionales o se puede presentar una demanda competencial para ver si con una cuestión de confianza se recortaban las facultades del Poder Legislativo.

¿No es válido solicitar al Tribunal Constitucional una demanda competencial sobre esta controversia?

No sé si procede una demanda competencial al Tribunal Constitucional presentada por la Comisión Permanente del Congreso, pero me parece que no está dentro de las facultades de la Comisión Permanente recurrir en demanda competencial al Tribunal Constitucional.

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