Un fallo jurídico que anula un indulto político.,El Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema, a cargo del magistrado Hugo Núñez Julca, declaró fundado el pedido de las víctimas de los delitos por los cuales fue condenado Alberto Fujimori, constituidas en parte civil, y el indulto humanitario concedido por el expresidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK). Como corresponde a un fallo revocatorio, el magistrado ha ordenado la ubicación y captura de Fujimori para que sea reingresado al establecimiento penitenciario que designe la autoridad correspondiente. PUEDES VER: Lee la resolución judicial que deja sin efecto el indulto de Alberto Fujimori Este fallo cierra una etapa del proceso que se abrió en diciembre pasado con la decisión de PPK de indultar a Fujimori luego de salvarse de la moción de vacancia planteada por el fujimorismo. Como se recuerda, este resultado se debió a que varios legisladores de Fuerza Popular votaron contra la consigna de su partido, precisamente a pedido del mismo detenido. Si el procedimiento del indulto fue estrictamente político, la reversión ha seguido un camino distinto. Entre varias opciones, la parte civil resolvió acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que en junio pasado emitió una resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias de los casos Barrios Altos (2001) y La Cantuta (2006), en el marco del mencionado indulto. En ese documento, la Corte IDH derivó al caso a la jurisdicción nacional advirtiendo que el indulto no ha cumplido con las normas internacionales, estableciendo un plazo que expira el 29 de octubre de este año para que el Poder Judicial y el TC, según fuera el caso, resuelvan la controversia, reservándose el derecho de emitir un pronunciamiento posterior en caso de que lo resuelto por el Estado peruano no se ajuste a los estándares internacionales. PUEDES VER: Abogado de Fujimori presentó apelación contra revocatoria del indulto El fallo del juez Núñez Julca ha seguido la ruta procesal y jurisprudencial señalada por la Corte IDH. Para fundamentar el fallo, el magistrado no podía eludir la revisión de los instrumentos internacionales en materia de DDHH y de indulto, lo que se denomina el control de convencionalidad, ni evitar ajustarse a los parámetros establecidos en nuestra Constitución y las sentencias del TC en las materias inherentes al caso, lo que se denomina control de constitucionalidad, amén del análisis de los aspectos administrativos del indulto y las conclusiones médicas. Si de algo no puede acusarse al fallo que anula el indulto a Fujimori es de ser político o politizado. Puede entenderse que para Fuerza Popular implica un grave trance, especialmente porque pone en evidencia que, en su momento, en plena guerra con PPK, este grupo cuestionó precisamente la forma de la liberación de Fujimori. No obstante, la resolución de la justicia peruana es coherente y justa como lo han reconocido destacados especialistas, una condición que no puede ser menoscabada con el simple uso, no demostrado, de un adjetivo calificativo. Las partes concernidas tienen expedito el camino para la apelación, pero habría que recordar que, en un Estado de derecho, las sentencias judiciales pueden ser objeto de crítica o aprobación, pero deben ser acatadas.