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Condenan a hombre por dejar sin un ojo a enfermero que le pidió usar tapabocas en el metro

El joven latino, que radica en España, además, será expulsado del país luego de cumplir su condena de 4 años en la cárcel.

La agresión ocurrió en el 2021, cuando era obligatorio el uso del tapabocas en el transporte público en el país. Foto: Europa Press
La agresión ocurrió en el 2021, cuando era obligatorio el uso del tapabocas en el transporte público en el país. Foto: Europa Press

El colombiano Juan Camilo L. C. ha sido condenado a 4 años de cárcel en España y a su expulsión de país cuando cumpla la pena, pues se encuentra en situación irregular, por agredir a un enfermero que perdió un ojo cuando le pidió que se pusiera la mascarilla en el metro.

El Periódico de España adelantó la sentencia, en un caso con una notable repercusión mediática.

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La Audiencia Provincial de Madrid le condena por agredir a un enfermero en el metro de la ciudad en 2021 tras exigirle que se pusiera la mascarilla, cuando era obligatoria en el transporte público por la COVID-19, al considerarle autor de un delito de lesiones dolosas porque quiso pegarle, pero sin pensar que le podía causar la pérdida de un ojo.

Además, decreta su expulsión de España por 10 años, una vez cumplida la pena, y le ordena pagar una indemnización de más de 76.000 euros a la víctima.

La Fiscalía había solicitado 8 años de prisión y más de 80.000 euros de indemnización, al entender que el enfermero sufrió una lesión con pérdida de un órgano principal que es irreversible.

El condenado, que entonces tenía 19 años, dijo en el juicio que sintió pánico y solo quería apartar a un hombre mayor que le había pegado, por lo que su letrada solicitó que fuera condenado por un delito de lesiones imprudentes, con la atenuante de consumo de sustancias estupefacientes.

El enfermero agredido reconoció en el juicio que le golpeó para apartarle después de haber sido agredido, pero cuando todo parecía que había acabado y el joven se iba, volvió sin que le viera y le golpeó en la cara.

La sentencia le considera responsable de un delito de lesiones dolosas con imprudencia grave, mientras que la Fiscalía veía voluntad deliberada en su conducta y la acusación particular le acusaba de tentativa de homicidio.

El tribunal sostiene que la conducta del acusado fue dolosa en cuanto a la acción de dar un puñetazo, pero imprudente en lo referido al resultado final, ya que el que le provocara el estallido del globo ocular era poco probable.

Aún habiendo utilizado el acusado un teléfono móvil para golpear al enfermero, "no era altamente probable" que el impacto causara la pérdida de un ojo, se señala.

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