Gobierno autoriza pago de sueldos vía billeteras digitales: qué cambia para trabajadores y empleadores
Esta medida se aplicará tanto para trabajadores del sector público como del privado. Así lo establece el reglamento de la Ley N° 32413 que fue publicado este viernes en El Peruano.
- Marca Cinestar Multicines será rematado por SUNAT a S/877,891.76 tras ser embargada: subasta iniciará este 26 de febrero
- Indecopi multa a La Tinka con S/18.651 y le ordena devolver S/23.800 a usuario por bloquear su cuenta de Te Apuesto injustificadamente

El Gobierno aprobó el reglamento de la Ley N° 32413 que habilita el uso de billeteras digitales para el pago de sueldos y otras obligaciones laborales, tanto para trabajadores del sector público como del privado. La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N° 011-2026-EF que fue publicado este viernes en El Peruano.
Este reglamento aprobado tiene el objetivo principal de promover el uso de la billetera digital como un medio de pago válido para que los empleadores realicen el pago de haberes y otras obligaciones laborales a los trabajadores del sector público o privado.
TE RECOMENDAMOS
EXTORSIÓN Y SICARIATO: LOS PRINCIPALES PROBLEMAS DEL PERÚ | QUE NO SE TE OLVIDE CON CARLOS CORNEJO
PUEDES VER: Revisa los candidatos y sus planes de gobierno

La norma busca asegurar que estos pagos se realicen con seguridad, transparencia y respeto de derechos, permitiendo que los trabajadores reciban su dinero en cuentas de ahorro o cuentas de dinero electrónico vinculadas a la diversas billeteras digitales.
Además, el reglamento hace hincapié en que la decisión sobre la entidad financiera o Empresas Emisoras de Dinero Electrónico (EEDE) donde recibirá su remuneración, sea únicamente del trabajador, y que cualquier acto de injerencia por parte del empleador son calificadas como infracciones muy graves sancionables por la inspección del trabajo, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley General de Inspección del Trabajo, Ley N° 28806, o norma que la sustituya.
Asimismo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), el Ministerio de Economía y Finanza (MEF) y la La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) deben difundir información orientada a empleadores y trabajadores sobre la incorporación de estas cuentas de dinero electrónico como alternativa para la percepción de haberes y otras obligaciones laborales, y su vinculación con billeteras digitales. También deben promover contenidos de educación financiera que fomenten su uso responsable y seguro, contribuyendo a la inclusión financiera.
Por su parte, el Banco Central de Reserva (BCR), en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), tiene que publicar en su plataforma digital la relación actualizada de billeteras digitales autorizadas a ofrecer servicios de pago interoperable. Eso quiere decir que debe permitir que se pueda transferir fondos a cualquier otro usuario, independientemente de la entidad regulada que provea servicios al ordenante o al beneficiario.
























