Hijos mayores de 18 años de beneficiarios de la ONP pueden cobrar pensión por orfandad, pero existo un monto máximo
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) anunció que los hijos adultos pueden acceder, como máximo, al 50% del ingreso que corresponde al beneficiario del Sistema Nacional de Pensiones.
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La Oficina de Normalización Previsional (ONP) informó que los hijos mayores de 18 años de los beneficiarios accederán a la pensión por orfandad si tienen estudios de nivel básico o superior de forma ininterrumpida. De esta manera, este beneficio económico no se limita a los menores de edad.
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El Sistema Nacional de Pensiones ofrece la prórroga de la pensión de orfandad siempre y cuando se acredite la matrícula del estudiante, así como otros documentos. Cabe señalar que el ingreso tendrá un límite y se puede fraccionar en caso de que el trabajador haya tenido varios hijos.
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Requisitos de la pensión por orfandad de la ONP
La Oficina de Normalización Previsional solicita que el hijo adulto de afiliados y jubilados fallecidos demuestre el período de estudios con copia simple de la constancia de ingreso, matrícula, reporte de notas o certificado de estudios. Además, se contempla que la modalidad puede ser de primaria, secundaria, instituto técnico o universidad.
Cada documento deberá renovarse en cada nuevo ciclo. Por otro lado, la ONP establece una serie de pasos para que el beneficiario de la pensión por orfandad logre cobrar este ingreso.
- Solicitar esta pensión con una videollamada puede ingresar a ONP Virtual (clic aquí).
- Elegir el perfil 'Soy familiar' opción 'Pensión para hija o hijo'.
- Registrar el tipo y número de documento de identidad del hijo mayor de edad y del familiar fallecido.
- Al darle clic al botón 'Iniciar videollamada' será orientado por un asesor de la ONP.
- El horario de atención del servicio de videollamada es de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.
Monto límite de la pensión por orfandad de la ONP
La pensión de orfandad del Sistema Nacional de Pensiones asciende, como máximo, al 50% del ingreso que recibía o hubiese recibido el titular fallecido. Este monto se divide entre los hijos que cumplan los requisitos para acceder a este beneficio.
La Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (Ley N° 32123) fijó el aumento del monto de la pensión mínima para familiares a S/400 mensuales. El pago se realiza por semestre, por lo que se debe acreditar que completó los estudios en cada ciclo.
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